Consultorio de vivienda

Los criterios que se siguen para decidir qué pasa con la casa tras el divorcio

Es importante señalar que la atribución de uso de la vivienda familiar se realiza con independencia de los derechos de propiedad sobre la misma que correspondan a uno u otro cónyuge.

Una vivienda.
Una vivienda.
Imagen de Freepik.

La ley establece que, a falta de acuerdo entre los cónyuges, el uso de la que fuera vivienda familiar se atribuirá a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden, generalmente hasta la mayoría de edad de los primeros. Si algunos de los hijos queden en compañía de un cónyuge, y otros en compañía del otro, será el juez quien decida sobre la atribución del uso de la vivienda. También se prevé que, aun no existiendo hijos en el matrimonio, el juez pueda atribuir temporalmente el uso de la vivienda al cónyuge no propietario si su interés fuera el más necesitado de protección.

Es importante señalar que la atribución de uso de la vivienda familiar se realiza con independencia de los derechos de propiedad sobre la misma que correspondan a uno u otro cónyuge. Por tanto, cabe la posibilidad de que la vivienda pertenezca en exclusiva a uno de los cónyuges y ello no impide que su uso se atribuya al otro si se le confiere la custodia de los hijos o incluso, aunque por un período determinado de tiempo, si así lo aconsejan las circunstancias del caso.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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