Consultorio de vivienda

¿Debo declarar en la Renta una vivienda que tengo alquilada a uno de mis hijos?

Si la cesión de la vivienda al hijo se realiza sin un contrato, es decir, dejando que resida en la propiedad sin un pago mensual, se deberá tributar de acuerdo a la imputación de rentas inmobiliarias.

Vivienda.
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Pregunta

  • Voy a alquilar una vivienda a mi hijo y me gustaría saber cómo tengo que declarar eso en mi IRPF.

Si la cesión de la vivienda al hijo se realiza sin un contrato (es decir, dejando simplemente que viva en nuestra propiedad), se deberá tributar por dicha vivienda de acuerdo a la imputación de rentas inmobiliarias. Para ello deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Que la vivienda no esté afecta a ninguna actividad económica
  2.  Que no genere rentas
  3. Que no constituya primera vivienda del contribuyente, es decir, de usted

Por lo general, la renta imputada será del 2% del valor catastral, aunque "los inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados, o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general" en el periodo impositivo los 10 anteriores tendrán una renta imputada del 1,1%.

Si decide formalizar la cesión con un contrato de arrendamiento, deberá usted declara en su IRPF los ingresos netos que perciba de dicho arriendo. Son fiscalmente deducibles los gastos necesarios para su obtención, así como las cantidades destinadas a la amortización del inmueble (Intereses de capitales ajenos invertidos en la adquisición del inmueble, servicios o suministros pagados por el arrendador, gastos de reparación o conservación, tributos y recargos no estatales, además de tasas y recargos estatales, etc.).

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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