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¿Puedo presentar una disolución de proindiviso aunque esté hipotecada?

El artículo 400 del Código Civil establece que nadie está obligado a permanecer en la indivisión, con la única excepción de que las partes hayan convenido conservar la cosa indivisa por un tiempo determinado.

Un alquiler.
Un alquiler.
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Tengo en proindiviso con mi exnovio una casa de la que estamos pagando la hipoteca. Yo quiero venderla y él se niega, poniendo como pretexto la hipoteca. ¿Puedo presentar una disolución de proindiviso en el juzgado, aunque la casa esté hipotecada?

Sí, claro que puede. El artículo 400 del Código Civil establece que nadie está obligado a permanecer en la indivisión, con la única excepción de que las partes hayan convenido conservar la cosa indivisa por un tiempo determinado, que no podrá exceder de diez años, con posibilidad de prórroga mediante nuevo acuerdo.

Nada impide que se declare la división de la vivienda –siempre que sea indivisible o que su división desmerezca el bien- aunque sobre ella pese una carga hipotecaria pendiente de amortizar.

En el supuesto de que, en ejecución de la sentencia de división, se proceda a su pública subasta y la vivienda es adjudicada a un tercero, el banco hipotecante no resultará perjudicado y conservará todos sus derechos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 405 del Código Civil. Todo lo cual se traduce en que no será necesario el consentimiento del banco para que pueda celebrarse la pública subasta de la vivienda hipotecada.

Ahora bien, en estos supuestos, solo cambia el responsable en tanto que como adquirente del bien sujeto a una hipoteca, debe soportar la ejecución por las deudas impagadas, pero no se convierte en deudor ni se subroga en esta posición.

En definitiva, el adquirente resultará afectado por la hipoteca en tanto que responsable por su cualidad de titular de los bienes adquiridos en subasta, aunque no se produzca una novación porque el deudor se mantiene. Ustedes seguirán siendo los deudores frente al banco, pero si la hipoteca se deja de pagar, el banco podrá sacarla a pública subasta porque sigue siendo su garantía.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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