Consultorio de vivienda

Si me donan la nuda propiedad: ¿tengo que avisar a la comunidad de vecinos?

Conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, quien tiene el derecho de asistir y votar en las juntas de comunidad es el nudo propietario.

Vivienda.
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Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Mi padre me ha donado la nuda propiedad de la casa donde vive, quisiera saber frente a la comunidad si yo tengo que hacer alguna gestión.

Sí, deben ustedes comunicar el cambio en la titularidad de la vivienda. Tenga en cuenta que, conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, quien tiene el derecho de asistir y votar en las juntas de comunidad es el nudo propietario.

No obstante, su padre puede representarle en las juntas si usted así lo desea y, de hecho, en el caso de usufructuarios existe incluso una presunción de que representan al nudo propietario cuando acuden a la junta, salvo que conste manifestación del nudo propietario en contrario.

Esta sustitución solo no se presume para acuerdos que impliquen un coste relevante y alteraciones más de fondo en el régimen del edificio, esto es,, según el art. 15 de la Ley de Propiedad Horizontal, acuerdos sobre obras extraordinarias y de mejora o los del art. 17.1, esto es, obras de supresión de barreras arquitectónicas, supresión o establecimiento de servicios tales como vigilancia, portería y otros de interés general, obras de acceso a nuevos servicios, etc.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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