PREGUNTA
- Tengo un piso privativo heredado de mis padres, que estoy pensando en aportar a mi sociedad ganancial, pero me gustaría saber si, en caso de que algún día me divorciara, podría recuperarlo.
Nuestro consejo es que, en la escritura notarial de aportación haga constar el valor de la vivienda y la manifestación de que dicho valor habrá de ser tenido en cuenta al tiempo de la liquidación de la sociedad ganancial, en su caso.
De este modo, aunque la vivienda vaya a adquirir el carácter de ganancial a través de su aportación expresa, llegado el momento de la liquidación, usted tendrá un crédito contra la sociedad ganancial equivalente al valor de la vivienda, que habrá de consignarse en el pasivo de la sociedad ganancial. Su cónyuge deberá aceptar dicha declaración para evitar problemas.
*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com
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