Priorización del uso residencial

El Estado se plantea convertir edificios públicos de oficinas en vivienda social

La legislación estatal de Vivienda aprobada por el Consejo de Ministros contempla una revisión del patrimonio de la AGE para identificar suelo e inmuebles que fomenten la construcción de pisos asequibles.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, interviene en una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 21 de octubre de 2021, en Madrid, (España). El Pleno decide sobre el Real Decreto-ley de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y celebra el debate de totalidad del Proyecto de Ley de convivencia universitaria, entre otros asuntos.
21 OCTUBRE 2021;CONGRESO;VIVIENDA;PLENO;LEY
Eduardo Parra / Europa Press
21/10/2021
El Estado se plantea convertir edificios públicos de oficinas en vivienda social
Europa Press

Los cambios en el mercado de vivienda que traerá la nueva legislación estatal que aprueba este martes el Consejo de Ministros afectarán de lleno a los inmuebles que son propiedad del Estado. La norma pactada por el Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos contempla una revisión del patrimonio inmobiliario de la Administración General del Estado (AGE) y de los organismos que depende de ella para estudiar si pueden destinarse a uso residencial. Esto supone que los edificios públicos que acogen o se destinaron a oficinas puedan acabar convertidos en viviendas sociales. Así lo recoge el anteproyecto de la ley, al que ha tenido acceso La Información, y que implica aumentar el radio de esa búsqueda de suelo para aumentar la oferta en las zonas tensionadas de alquileres elevados. 

Esta novedad forma parte de una de la disposiciones adicionales de la legislación, que es el resultado de unas negociaciones entre socialistas y morados que han durado casi dos años. La reforma está incluida en la disposición adicional segunda, que es la que determina la "Prioridad de la política de vivienda en la gestión patrimonial del Estado". Dicho principio establece que los bienes públicos deberá contribuir al "desarrollo y ejecución de las distintas políticas públicas en vigor y, en particular, al de la política de vivienda". Un mandato del que se hace responsable a la Comisión de Coordinación financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales, un departamento que depende de la Dirección General de Patrimonio. 

Esa oficina que depende de la Dirección General adscrita al Ministerio de Transportes cuenta con la atribución de "orientar las actuaciones inmobiliarias públicas al cumplimiento de los objetivos generales de esta política". Por lo que está entre sus cometidos llevar a cabo el proceso de rebuscar entre las propiedades de la AGE "con el objeto de identificar posibles oportunidades de suelo u otros inmuebles susceptibles de reutilización para uso residencial". Por lo que se abre la puerta a que los entornos utilizados por departamentos de actividad pública puedan acabar transformándose en pisos, especialmente de carácter social, como destaca el anteproyecto y confirman fuentes gubernamentales. 

Condiciones para las enajenaciones estatales

Los futuros negocios patrimoniales que realice el Estado también estarán sujetos al análisis de la Comisión de Coordinación. La Ley de Vivienda recoge que deberá incluir en los contratos que suscriba "condiciones específicas" de "destino, tipología, destinatarios u otras especificidades" para que esas operaciones mantengan el espíritu de la norma y cumplan su articulado. Es decir, que en las futuras compraventas habrá que tener en cuenta el fomento de los pisos sociales y abrir caminos para facilitar el acceso a los mismos. Sobre todo, si se trata de un acuerdo sobre un inmueble que esté situado en una zona declarada como tensionada. 

Esta obligación se concreta en otra parte del articulado. El texto señala que "previamente a la incoación de cualquier expediente de enajenación de inmuebles titularidad del Estado o de sus Organismos Públicos", el departamento dependiente de Patrimonio deberá reclamar un informe a la Secretaría General de Vivienda en el que analice el mercado residencial de la zona concreta. A la vez, deberá proponer que esas ventas sean por concurso y tendrá capacidad para reclamar que en la operación se apliquen medidas "para posibilitar la promoción pública de viviendas en alquiler social o a precio asequible". Algo que afectará a los edificios que estén en suelos calificados como residenciales o dotacionales para hogares en alquiler.

Estas situaciones tendrán que ser tenidas en cuenta en el gran plan de venta de inmuebles estatales 2022-2030 que está preparando el Ministerio de Hacienda, que buscará poner en valor las propiedades públicas y adelgazar la cartera de activos. Pero hay una excepción a la reclamación de ese informe, que pasará a ser un requisito más cuando el Estado acuerde una venta de sus más de 19.000 inmuebles. El mismo no será necesario cuando la enajenación "tenga por objeto viviendas y vaya a realizarse por adjudicación directa a sus ocupantes". Lo mismo ocurrirá en "ventas de cuotas proindivisas correspondientes a solares de uso residenciales o viviendas ya construidas", señala la futura norma. 

Las definiciones clave

Los dos aspectos que marcan esta reforma son la vivienda protegida de carácter social y las zonas tensionadas. La primera está definida en la ley como la de "titularidad pública destinada al alquiler, cesión o cualquier otra fórmula de tenencia temporal sujeta a limitaciones de renta o de venta y destinada a personas u hogares con dificultades para acceder a una vivienda en el mercado". Esta podrá ser gestionada tanto por las administraciones públicas como por entidades sin ánimo de lucro. Aunque en este último caso sería a través de la colaboración público-privada. 

Sobre las zonas de precios tensionados, la legislación establece que son aquellas situadas en puntos de "especial riesgo de abastecimiento insuficiente de vivienda para la población residente". Además, establece que el coste del piso deberá ser superior al 30% de los ingresos de los residentes o los precios hayan subido un 5% en los último cinco. Dicha declaración podrá durar hasta tres años, que son prorrogables anualmente si se confirma que el panorama del mercado se mantiene igual. 

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