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Qué pasa si me toca ser presidente de mi comunidad de vecinos y no quiero

Tiene carácter obligatorio y su nombramiento se determina por el sistema que al efecto se contemple en los estatutos y, en su defecto, por riguroso turno 

Una comunidad de vecinos.
Qué pasa si me toca ser presidente de mi comunidad de vecinos y no quiero
Imagen de greissdesign en Pixabay.

PREGUNTA

  • En mi comunidad lleva años siendo presidente un vecino que acaba de vender su piso, de modo que tendremos que cubrir la vacante. Son muchos los vecinos que ya se han pronunciado diciendo que no quieren ocuparse del tema y me gustaría saber hasta qué punto es obligatorio serlo.

El desempeño de la presidencia de la comunidad tiene carácter obligatorio y su nombramiento se determina por el sistema que al efecto se contemple en los estatutos y, en su defecto, por riguroso turno. Su nombramiento se efectúa mediante acuerdo adoptado por la junta de propietarios.

Dado su carácter obligatorio, si el propietario elegido no quisiera desempeñar el cargo, tendrá que acudir al juzgado en el plazo máximo de un mes desde su nombramiento y exponer razonadamente los motivos de la negativa a la aceptación del cargo, solicitando su sustitución. Lógicamente, solo será admitida su sustitución si el juez aprecia justa causa para ello, es decir, que no resulta fácil. 

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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