PREGUNTA
- En mi comunidad se ha adoptado por mayoría el acuerdo de autorizar a una serie de propietarios para sustituir, a su costa, una bajante de pluviales por una mixta de pluviales y residuales. La idea es que, de este modo, los vecinos podrán poner un segundo aseo allí donde no lo hay en las casas. Mi duda es si, tratándose de una calara modificación de un elemento común, no sería preciso el acuerdo unánime.
En nuestra opinión el acuerdo por mayoría es perfectamente válido. El Tribunal Supremo juzgó ya un asunto muy similar al que nos plantea en sentencia de 16 de diciembre de 2014, en la que indicó que no todas las obras son iguales, aunque tengan relación con los elementos comunes.
Las obras que afectan a elementos comunes como puedan ser los forjados que conforman la estructura del edificio, sí requieren por lo general del consentimiento unánime de la comunidad. Pero en este caso, la sustitución de la bajante de pluviales por una mixta no implica deterioro del elemento común ni alteración o afectación de la estructura o estabilidad del edificio.
Tampoco supone una modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo ni los estatutos de la Comunidad. Por todo ello, el Tribunal entiende que basta la mayoría para su aprobación.
*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com
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