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Quién responde por las obras de un local: ¿arrendatario o propietario?

Si hay obras en un local de la comunidad que están perjudicando al edificio, los vecinos pueden presentar una demanda.

Una comunidad de vecinos.
Quién responde por las obras de un local: ¿arrendatario o propietario?
Imagen de greissdesign en Pixabay.

PREGUNTA

  • El arrendatario de uno de los locales de mi Comunidad de Propietarios, que explota como restaurante, está llevando a cabo obras que afectan a los elementos comunes del inmueble que no sólo perjudican seriamente a algunos vecinos, sino que no cuenta con la autorización de la Comunidad. Queremos demandar, pero no sabemos si dirigir nuestra reclamación al propietario del local o al arrendatario.

La respuesta es clara. Es el propietario quien responde frente a la Comunidad de las obras efectuadas por el arrendatario de su local.

La posible duda respecto de a quién demandar ha sido resuelta por los tribunales en el sentido indicado, sobre la base de lo establecido en los artículos 7 y 9 de la Ley de Propiedad Horizontal que exigen a los propietarios el respeto a las instalaciones generales, prohibiendo las obras y alteraciones de los elementos comunes. Es por ello que, en relación con el acto perturbador producido por su inquilino, el único responsable frente a la Comunidad será el propietario/arrendador.

Otra cosa será que el propietario pueda, a su vez, repetir frente a su inquilino por los perjuicios que su actuación le cause y, en su caso, resolver el contrato de arrendamiento por incumplimiento de sus obligaciones contractuales si así procediera.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com.

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