Consultorio de vivienda

¿La comunidad puede prohibirme poner un tendedero en la fachada interior?

Dado que la instalación constituye una alteración de ese elemento común, resultará preciso el consentimiento expreso de la junta de vecinos. 

Un alquiler.
Un alquiler.
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Quiero instalar un tendedero de cuerdas en la fachada interior de mi edificio y la comunidad se niega a darme permiso. ¿Es eso posible?

Sí, claro. Por su consulta parece evidente que ningún vecino cuenta con tendedero adosado a la fachada interior, suponemos que porque las viviendas cuenten con terrazas a la cocina que sirven para ello, o con cualquier otro sistema. En caso de que sí exista algún otro tendedero instalado, entonces la cosa cambia y habría que estudiar los antecedentes para llegar a una conclusión válida.

Suponiendo que no existan más tendederos, cualquier instalación adosada a la fachada del edificio constituye una alteración de ese elemento común (la fachada), de modo que resultará preciso el consentimiento expreso de la comunidad, en tanto que propietaria y única legitimada para decidir la cuestión. Deberá someter su petición a la junta de propietarios y que se decida mediante acuerdo comunitario.

Tenga en cuenta que el tendedero en sí podría resultar molesto para los vecinos de los pisos situados en los niveles inferiores (ocupación de espacio con la ropa colgada, caída de vertidos, etc…); molestias que no están obligados a soportar.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

Mostrar comentarios