Consultorio de vivienda

Qué hago si el tejado aún provoca en mi piso humedades por la nieve de invierno

La Ley obliga a la comunidad a realizar los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble.

Edificio residencial.
Edificio residencial.
Imagen de Hands off my tags! Michael Gaida en Pixabay.

PREGUNTA

  • Soy propietario de un último piso en un edificio en régimen de propiedad horizontal en el que hace poco más de dos años se efectuaron obras de reparación del tejado. Con ocasión de la tormenta Filomena, hubo zonas en las que se acumuló la nieve y terminó filtrando al techo del salón de mi casa. Me he puesto en contacto con el administrador y me dice que la comunidad no va a asumir la reparación porque el tejado está reparado recientemente y la filtración fue consecuencia de una circunstancia absolutamente excepciona. Vaya, que me lo pague yo. ¿Es correcto?

A nuestro juicio no. Es cierto que la cantidad de nieve caída y, en consecuencia, acumulada, con ocasión de Filomena resultó absolutamente excepcional para nuestra climatología, pero ello no es causa legal para que la comunidad quede exonerada del cumplimiento de sus obligaciones legales.

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 10.1, obliga a la comunidad a realizar los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

Tales obligaciones resultan de carácter imperativo, de modo que la comunidad está constreñida a realizar las reparaciones necesarias en su vivienda, habida cuenta de que su origen está en la filtración de agua por un elemento común, que es el tejado. Le sugerimos que requiera formalmente a la comunidad para que lleven a cabo las reparaciones. Si no lo consigue, deberá acudir a los tribunales, para lo que precisará contar con un informe pericial que acredite cuál es el origen del daño y su forma de reparación.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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