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Servidumbre de paso: qué es y qué implica que una finca lo tenga

Se trata del derecho del dueño de una casa (predio dominante) a pasar por la finca de otras personas (predios sirvientes) para poder acceder a una vía pública, por ejemplo.

Plano de una vivienda.
Plano de una vivienda.
Imagen de mindandi en Freepik.

Una servidumbre es un derecho que recae sobre una cosa ajena. En el caso que nos ocupa, se trata del derecho del dueño de una finca (predio dominante) a pasar por fincas de otras personas (predios sirvientes) para poder acceder a una vía pública, por ejemplo. Si se trata de constituir una nueva, aparte de indemnizar al dueño del predio sirviente, la misma se habrá de trazar por el punto menos perjudicial al predio sirviente, y, en cuanto fuere conciliable con esta regla, por donde sea menor la distancia del predio dominante al camino público.

Para constituir la servidumbre de paso, se ha de otorgar un título, obtener el reconocimiento del dueño del predio sirviente, o bien obtener una sentencia. Además, existe la posibilidad de que se dé una presunción de la existencia de la servidumbre, que es lo que sucede si existe un signo aparente de servidumbre entre dos fincas, establecido quien en su día fuera el propietario de ambas. En tal caso, si vende una, la servidumbre existirá si no se elimina ese sigo externo o se dice en la escritura de enajenación de uno de los predios.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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