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Voy a comprar una casa: ¿es legal que no tenga aún contratado el seguro decenal?

Es de obligada suscripción para el promotor de edificios cuyo destino principal sea el de vivienda.

Estos son los requisitos para conseguir una hipoteca.
Voy a comprar una casa: ¿es legal que no tenga aún contratado el seguro decenal?
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PREGUNTA

  • ¿Es legal que la casa que vamos a comprar no tenga aún contratado el seguro decenal?

No sabemos en qué momento de la promoción se encuentra esa casa, pero el seguro decenal es de obligada suscripción para el promotor de edificios cuyo destino principal sea el de vivienda. Con ese seguro se garantiza el resarcimiento durante un plazo de diez años en caso de daños con origen en vicios o defectos estructurales en edificios cuyo destino principal sea el de vivienda. No se trata de un seguro del promotor, aunque venga a cubrir una responsabilidad de este y los demás intervinientes en la edificación en distinta medida, sino que es más bien como un seguro de daños en favor de quien compra la vivienda y de los sucesivos propietarios durante los primeros diez años.

Lo que cubre son los daños con origen en defectos estructurales. Si estos se producen en los primeros diez años de vida del edificio, la compañía de seguros está obligada a reparar o a indemnizar, y la cantidad asegurada no debe bajar del total coste de ejecución de la obra.

Su promotora tendrá que contratar este seguro, para lo cual se exige un control técnico en obra de un OCT (Organismo de Control Técnico), porque de no hacerlo no va a poder ni escriturar ni inscribir las ventas, ya que los notarios y registradores de la propiedad están obligados a comprobar la existencia del seguro decenal cuando se declare la obra nueva terminada o si se otorga un acta de finalización de obra. La inexistencia del seguro supone para el promotor la responsabilidad directa

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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