Borja Adsuara Profesor, abogado y consultor
OPINIÓN

Educación en valores’ vs. ‘tiranía del clic’

“Vosotros vais muy a tope con la ley”.

Tribunal Supremo
Tribunal Supremo
Jesús Hellín
Tribunal Supremo

Esta semana hemos sabido que el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia que en 2019 condenó al ‘youtuber’ ReSet por un delito contra la integridad moral, tras publicar en su canal un vídeo en que humillaba a un ‘sintecho’ dándole para comer unas galletas rellenas con pasta de dientes. Aunque en la Nota de Prensa se advierte que “tres magistrados podrían formular votos particulares”.

El artículo 173.1. del Código Penal establece que: “el que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años”. La condena fue a quince meses de cárcel y al pago de una indemnización de 20.000 euros, además de la prohibición de usar esa red social durante cinco años.

Pero, aparte de los hechos en sí, lo que más sorprendió de este caso, en su día, fueron las justificaciones del ‘youtuber’ ante el juzgado de Barcelona: “Todo era en plan de coña”. “Mi intención no era ofender”. “Vosotros vais muy a tope con la ley”. “Dejé el instituto para dedicarme a este trabajo. Lo estaba haciendo bien. Y luego pasó esto. La prensa me ha jodido”.

Lo único que lamentaba era haber perdido ‘visualizaciones’ de su canal, porque antes del escándalo tenía 124 millones y en 2018 cayeron a 4 millones. Pero lo que no queda claro es si las visualizaciones cayeron por el escándalo o porque, a raíz de la denuncia, dejó de realizar esos polémicos ‘retos’, a propuesta de sus seguidores, que eran los vídeos que tenían más éxito.

Esto nos debe hacer reflexionar no sólo sobre la falta de valores y de consciencia de estar cometiendo un delito del ‘youtuber’, sino también de los seguidores que proponían esos ‘retos’ y de los que los premiaban con sus suscripciones y ‘likes’; porque, como dijo ReSet, había dejado de estudiar para dedicarse a ese trabajo profesionalmente y sólo con la difusión de ese vídeo había ganado 2.180 euros.

Educación en valores

Aparte del debate jurídico sobre si están suficientemente castigados estos delitos (al ser la pena inferior a dos años, no se suele ingresar en la cárcel), que aborda el tema únicamente desde el punto de vista de la represión de estas conductas, existe un debate moral y social, más desde el punto de vista de la prevención, que suele zanjarse -dialécticamente- con la solución de siempre: la educación.

Y, en estos debates, siempre hay alguien que dice: “hay que educar en valores”. Pero se suele quedar ahí, satisfecho por proclamar una verdad de Perogrullo, como si nos hubiera revelado a los pobres mortales el mayor secreto del mundo, sin especificar en qué valores. Por lo que no deja de ser una frase hecha y hueca. Es justamente sobre esto sobre lo que me gustaría que reflexionáramos.

Es conocido que la asignatura de “Educación para la Ciudadanía” (2006-2016) generó mucha polémica por la acusación de tener un contenido moral y político de un sesgo muy determinado. Y que actualmente continúa esa polémica sobre determinados contenidos que algunos sectores califican como ‘adoctrinamiento’. Pero ¿podemos ponernos de acuerdo en un mínimo común?

Ese ‘mínimo común’ debería ser la educación en los valores de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que es lo mismo que decir: en los valores de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea o en los derechos (y deberes) fundamentales del Título I de la Constitución Española, que inspiran todo el ordenamiento jurídico y que es nuestra máxima norma de convivencia.

Pero voy más allá: ese mínimo común de la ‘educación en valores’ no sólo debe ser ‘en positivo’: explicando y ensalzando los Derechos Humanos, sino, también y sobre todo, ‘en negativo’: explicando y advirtiendo de los delitos tipificados en el Código Penal. Porque la primera responsabilidad y obligación que tienen los padres y educadores es que sus hijos y alumnos no sean unos delincuentes.

La tirania del 'clic'

Pero es muy fácil decir esto, cuando los niños y adolescentes hacen lo que ven, y están inmersos en una sociedad en la que los valores que tienen éxito no son, precisamente, los de la Declaración Universal de Derechos Humanos, ni los de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ni los del Título I de la Constitución Española, ni los protegidos en el Código Penal.

En el caso que nos ocupa, del ‘youtuber’ ReSet, ya hemos visto que los ‘retos’ que le proponían sus seguidores y los que más éxito tenían eran, precisamente, los más ‘polémicos’ o ‘atrevidos’ (tan ‘atrevidos’, que, como se ha comprobado, al menos alguno de ellos era, directamente, delictivo). Pero nos equivocaríamos si pensásemos que es un caso aislado, porque, más bien, es la regla general.

No sólo en las redes sociales (YouTube, TikTok, Facebook, Instagram o Twitter), en donde se premia con seguidores, suscriptores, ‘likes’, retuits… los contenidos más polémicos (retos peligrosos, bromas de mal gusto, imágenes sexualizadas), sino también en los medios de comunicación (clickbaits, titulares escandalosos, debates con insultos, ‘salvimificación’ de la política, etc).

Estamos en la era de la ‘economía de la atención’ o la ‘tiranía del clic’ y la gente, las redes sociales y los medios de comunicación hacen, literalmente, “lo que sea” para captar esa atención, que es el verdadero ‘bien escaso’ en un panorama de muchísima competencia. Y todos sabemos lo que vende más y lo que no vende. Y, si no se sabe, se aprende rápido con el método de ‘prueba y error’.

Por eso, no echemos toda la culpa al ‘youtuber’, ni tampoco a sus seguidores, porque las redes sociales y los medios de comunicación hacen lo mismo para ganar audiencia, bordeando muchas veces la legalidad y, sobre todo, ignorando o transgrediendo -consciente o inconscientemente- esos valores (morales, pero ‘juridificados’) que se protegen en nuestra Constitución y nuestro Código Penal.

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