Transporte

La sentencia que tiene en pie de guerra al sector transporte por las horas trabajadas

Varios camiones estacionados
Varios camiones estacionados
Europa Press
Varios camiones estacionados

El Tribunal Supremo afirma que el tiempo de los conductores profesionales cuando pasan acompañando a sus camiones en un transportador o ferry debe considerarse como jornada laboral, no como tiempo de descanso. 

Esta decisión afecta especialmente a los traslados de mercancías entre la península y las Islas Baleares. La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha calificado esta interpretación como "muy lesiva" para la actividad profesional del transporte y advierte que se podrían encarecer los productos que viajan a las Islas Baleares.

Esta sentencia surge a raíz de una demanda presentada por un conductor empleado de una empresa de transporte valenciana que trasportaba habitualmente mercancías entre la península y Palma o Ibiza, y que en 2018 fue despedido por la falta de asistencia al trabajo.

El conductor reclamaba una indemnización por el periodo que pasaba en el ferry considerado tiempo de descanso, para considerarlo tiempo de presencia, lo que fue rechazado por el juzgado de lo social. Conforme a la reglamentación europea sobre tiempos de conducción y descanso, dicho periodo se consideraba tiempo de descanso al no hacerlo a bordo del vehículo.

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana condenó a la empresa a indemnizar al conductor, argumentando que "mientras permanecía embarcado tenía que estar disponible para cualquier emergencia o cuestión que surgiera, sin disponer con libertad de su tiempo, dejar la embarcación o atender su vida privada o familiar".

La empresa recurrió y llevó el caso ante el Tribunal Supremo que reconoce el reglamento europeo sobre tiempos de conducción y descanso, pero también consideró la normativa española y el II Acuerdo General del Transporte por Carretera de 2012, que favorecerían al trabajador.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha expresado que "las consecuencias de esta doctrina jurisprudencial podrían ser demoledoras para el sector del transporte por carretera de consolidarse dicho criterio, por el fortísimo impacto que ocasionará tanto económico como organizativo de la actividad de trabajo de las empresas transportistas que realizan dicha ruta y el consecuente encarecimiento de los productos que se transportan a las Islas Baleares, ya que es el medio habitual que se utiliza para el traslado de las mercancías entre la península y las islas".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento