El nuevo Listado de Deporte de Rendimiento de Andalucía incluye a 469 deportistas, 40 entrenadores y dos jueces-árbitro

  • Esta relación, publicada en el BOJA, está integrada por personas que acreditan méritos en competiciones nacionales e internacionales
EUROPA PRESS
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El tercer Listado de Deporte de Rendimiento de Andalucía correspondiente al año 2016 está integrado por un total de 511 personas --469 deportistas, 40 entrenadores y dos jueces-árbitro--, una vez analizadas las 717 solicitudes de inclusión presentadas en la Consejería de Turismo y Deporte entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del pasado ejercicio. Esta relación se ha publicado este miércoles en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

El listado, integrado por aquellas personas que han acreditado ante la Junta sus méritos en pruebas nacionales e internacionales, tanto en modalidades y pruebas olímpicas como en las no olímpicas, está adaptado al Decreto de Deporte de Rendimiento de Andalucía, que regula los beneficios y medidas de apoyo con el objetivo de facilitar la especialización y perfeccionamiento dentro del ámbito federado y de alta competición, informa el Gobierno andaluz en una nota.

De esta forma, de los 511 incluidos en la relación, 27 tienen la condición de Alto Nivel de Andalucía --25 deportistas y dos entrenador--, mientras que 484 --444 deportistas, 38 técnicos-entrenadores y dos jueces-árbitros-- corresponden al nivel inmediatamente inferior, denominado Alto Rendimiento. En total, son 357 hombres y 154 mujeres.

Estos deportistas pertenecen a 31 modalidades deportivas diferentes. El número de inclusiones por federación ha sido en Natación, 59; Remo (56), Balonmano y Piragüismo (38), Atletismo y Tiro Olímpico (36), Karate (30), Gimnasia (27), Padel y Vela (22), Hípica (21), Kick Boxing (19), Fútbol (16), Deportes Aéreos y Taekwondo (11), Bádminton y Montañismo (10), Motociclismo (9), Deportes de Personas con Parálisis Cerebral y Golf (7), Tiro con Arco (5), Deportes para Ciegos y Deportes para Discapacitados Intelectuales (4), Ciclismo y Halterofilia (3), Tenis de Mesa (2) y Actividades Subacuáticas, Baloncesto, Tenis, Triatlón y Voleibol (1).

En cuanto a la distribución del listado de Deporte de Rendimiento por provincias, en primer lugar aparece Sevilla con 195 personas, seguida de Cádiz con 77, Málaga, con 75; Granada, con 70; Córdoba, con 28; Jaén, con 28; Almería, con 25; y Huelva, con 13.

La inclusión en esta relación puede conllevar una serie de beneficios como becas, patrocinios y otras ayudas económicas, así como medidas para favorecer la compatibilidad entre estudios y entrenamientos, accesibilidad a centros deportivos y servicios médicos especializados y acciones formativas y de apoyo a la inserción laboral.

En ese sentido, los deportistas incluidos en esta relación de deporte de rendimiento de Andalucía tienen una reserva del tres por ciento de las plazas en todas las facultades de las universidades andaluzas, así como el ocho por ciento para los que elijan como estudios Fisioterapia, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y el Grado de Educación Física.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Se consideran como méritos más relevantes para pertenecer a esta relación la clasificación en mundiales, europeos y campeonatos de España rankings mundiales y nacionales, así como, en año olímpico, la participación en Juegos Olímpicos y Paralímpicos.

Igualmente, se tienen en cuenta resultados de deportistas, técnicos y jueces en competiciones como universiadas, copas del Mundo y de Europa, Campeonatos del mundo universitarios o Juegos del Mediterráneo.

La duración de la condición de Alto Nivel es de cinco años y la de Alto Rendimiento de tres años desde su publicación en el BOJA. Los entrenadores disfrutarán de la mitad del periodo otorgado al mejor de los deportistas a su cargo y en el caso de jueces o árbitros la condición será válida durante un año.

Para el próximo Listado de Deporte de Rendimiento, se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas en la Consejería de Turismo y Deporte entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2017.

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