Declaración de la Renta 2016: principales novedades, fechas, plazos y programas

  • La campaña de la renta 2016 empezará el 5 de abril de 2017, con la desaparición definitiva del 'programa Padre', que será sustituido por 'Renta Web'.

    Este año, como novedad, los contribuyentes que se confundan podrán solicitar la rectificación a través de una nueva casilla de la propia declaración.

La campaña de la renta 2016 empezará el 5 de abril de 2017, con la desaparición definitiva del programa Padre
La campaña de la renta 2016 empezará el 5 de abril de 2017, con la desaparición definitiva del programa Padre
L. I.

La campaña de la Renta de 2016 comenzará el próximo 5 de abril para la presentación telemática (el 11 de mayo para la presencial) y la principal novedad es que desaparece denitivamente el programa

Padre de ayuda a la confección de la declaración de la renta, que ya se eliminó el año pasado para la

mayoría de los contribuyentes y únicamente quedó relegado a los declarantes de actividades

económicas, básicamente autónomos.

Por segunda campaña de la renta, los contribuyentes dispondrá del sistema Renta web, que se

generaliza ya para todos los declarantes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas (del trabajo,

capital o actividades económicas) y que ha venido a sustituir al Programa Padre y al borrador del IRPF, ya que se trata de una mezcla de ambos, según la orden ministerial que hoy publicado el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Al sistema Renta web se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración, como venía siendo el borrador, pero más sencillo y ampliado a todos los contribuyentes. Su principal ventaja es que el contribuyente verá despejados obstáculos directamente relacionados con la descarga informática de la información del borrador -que hasta ahora sólo recogía unas determinadas rentas- o del programa Padre.

Para acceder, habrá de identificarse de la manera habitual -DNI electrónico, clave y número de

referencia-. Una vez dentro, se informará de la posible existencia de diferencias entre los datos de la

última declaración y los existentes en el momento, y tendrán que validarse los datos identicativos.

En un entorno similar al del programa Padre, el contribuyente verá una serie de datos que se asimilan a

los datos generales con los que la Agencia Tributaria hace la propuesta y que incluirán los correspondientes a los tramos o impuestos autonómicos de cuya información se tiene conocimiento.

Portal de renta: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml

Portal de patrimonio: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Patrimonio.shtml

Modelos publicados en el BOE: http://www.boe.es/boe/dias/2017/03/23/pdfs/BOE-A-2017-3080.pdf

El 5 de abril se dará el pistoletazo de salida a la presentación telemática de la campaña de la renta

2016. Para presentar la declaración del IRPF de manera presencial, habrá que esperar hasta el 11 de

mayo y, en ambos casos, se extenderá hasta el 30 de junio. Si el resultado sale a ingresar y se quiere

domiciliar el pago, el plazo concluye el día 26 de junio.

Además de la desaparición definitiva del programa Padre, otra de las novedades de la campaña de este

año es la posibilidad de solicitar la rectificación de autoliquidación del impuesto a través de la propia

declaración cuando el contribuyente ha cometido errores u omisiones que determinen una mayor

devolución a su favor o un menor ingreso.

De esta forma, si el contribuyente marca la casilla de solicitud de rectificación que aparecerá en el propio modelo, la declaración hace las funciones de escrito de solicitud de rectificación de la autoliquidación. Además, esta solicitud, que se podrá presentar durante la campaña de la renta y posteriormente hasta que no haya prescrito el ejercicio fiscal, puede acompañarse de la documentación en que se basa la misma y los justificantes, en su caso, del ingreso efectuado por el contribuyente.

Los citados documentos o escritos podrán presentarse a través del registro electrónico de la Agencia

Tributaria o en el registro presencial del organismo.

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