La prisión preventiva que ha eludido Urdangarin afecta a 7.648 personas que sí están en la cárcel

  • Iñaki Urdangarin elude la prisión provisional y queda en libertad. En preventiva hay en España 7.684 reclusos.

    El fiscal Anticorrupción solicitó cárcel eludible bajo fianza de 200.000 euros, pero el tribunal no ha aceptado la petición.

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Iñaki Urdangarin no irá a la cárcel, al menos de momento. Ni con fianza ni sin ella. Así lo ha acordado la Audiencia Provincial de Palma en la vista celebrada este jueves. El fiscal Anticorrupción, Pedro Horrach, había solicitado prisión provisional eludible bajo fianza de 200.000 euros, pero finalmente ha quedado en libertad con la obligación de presentarse en los juzgados de Ginebra una vez al mes.

La prisión provisional eludida por Urdangarin sí que afecta a otros condenados. En concreto, son 7.684 las personas que se encuentran en las cárceles sin condena firme, según los datos del Ministerio del Interior correspondientes a 2015.

Por situación procesal-penal, el 86,6% de la población reclusa está condenada a penas de prisión, mientras que el 12,5% se encuentran en situación preventiva. La edad media de la población reclusa condenada a penas de prisión es de 40 años; siendo la de los internos preventivos dos años más joven (38 años de edad).

De los 7.684 reclusos en preventiva, 7.032 son hombres y 652 son mujeres.

Los preventivos en España son un porcentaje mínimo en relación a otros países de la Unión Europea. Italia, por ejemplo, tiene más del 30% de sus reclusos en prisión provisional.Cuándo aplicar la prisión preventiva

La prisión preventiva es una institución procesal que permite la entrada en un centro penitenciario del condenado o imputado durante la substanciación del proceso aunque no exista condena firme. Privar de libertad a un ciudadano es una medida de excepcional gravedad que debería aplicarse en casos extremos.

Para ello los jueces tienen en cuenta criterios como el riesgo de fuga o la posible destrucción de pruebas y la posibilidad de cometer nuevos delitos.

Para que no sea utilizada de manera generalizada, como pena anticipada o como medida de seguridad, la decisión tiene que estar argumentada. Se basa en criterios subjetivos pero siempre se ha de tener en cuenta que es una medida cautelar excepcional de naturaleza asegurativa.

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