Otro juez sentencia que un padre no tiene que mantener a su hijo 'nini' de 24 años

  • Un juez de Zaragoza estima que el hijo no hace nada por encontrar ocupación cuando además su padre se ha quedado en paro.

    Este caso se une a otros conocidos en otras partes de España donde los magistrados tienen en cuenta la voluntad del hijo por tratar de mantenerse solo.

Otro juez sentencia que un padre no tiene por qué mantener a su hijo 'nini' de 24 años
Otro juez sentencia que un padre no tiene por qué mantener a su hijo 'nini' de 24 años
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Un juez de Zaragoza ha decidido que un padre no se vea obligado a pagar la pensión de alimentos que tenía fijada para uno de sus hijos, que en la actualidad tiene 24 años.

La razón principal que esgrime el magistrado es que el joven tiene edad suficiente para estudiar o trabajar, y no sólo no hace ninguna de las dos cosas, sino que tampoco pone de su parte para ganarse la vida por sus propios medios.

En concreto, la sentencia establece que “quien no ha tenido interés en formarse ni tampoco en trabajar no puede ampararse en la obligación de los progenitores, en este caso del padre, de mantenerlo de forma indefinida”.

El magistrado entiende que si el padre siguiera pagando la mencionada pensión, estaría contribuyendo a “crear una especie de parasitismo social que no incentiva alcanzar la independencia económica” por parte del joven.Dos años para sacarse el carné de conducir... sin éxito

Se da la circunstancia además de que el padre se había quedado en paro recientemente. Hasta ahora, estaba obligado a suministrar al joven una pensión alimenticia de 315 euros al mes. Pero el joven, que lleva tres años sin estudiar ni trabajar, tampoco había mostrado interés en independizarse económicamente. De hecho, hace dos años se matriculó en una autoescuela para sacarse el carné de conducir y aún no lo había conseguido.

Este caso, revelado por el periodista Ramón J. Campo en El Heraldo de Aragón, se une a los vistos en otros en distintos lugares de España que exoneran a los padres de pagar pensiones a hijos con actitudes similares a las del joven de Zaragoza.

En 2012, un juez liberó a unos padres de Málaga de mantener a un hijo ‘nini’ de 26 años, al entender que había quedado probada la desidia del joven por encontrar un trabajo con el que vivir.

Lo mismo dictaminó en el mismo año la Audiencia Provincial de Soria, que eximió a unos padres de seguir manteniendo a una hija de 25 años, bajo el argumento de que la obligación alimenticia de los padres respecto a los hijos “no puede tener carácter incondicional”.

En Valencia, un juez retiró la obligación de pasar pensión alimenticia a un padre de un joven de 20 años, al mismo que culpó de no estar trabajando.

En mayo de este mismo año, fue un divorciado de Vigo quien consiguió verse liberado de la obligación de pagar una pensión alimenticia a su vástago de 24 años. A pesar de la oposición de su ex mujer, el juez valoró en ese caso que el hijo ni siquiera se había inscrito en las oficinas de empleo.

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