700 días después

Consulte el texto íntegro publicado en el BOE del decreto que quita la mascarilla

Desde hoy España se desprenderá de ella en la mayoría de los interiores. Se mantendrá en los centros sanitarios, residencias y todo tipo de transportes y pasará a ser recomendable en eventos multitudinarios.

Una mujer se quita la mascarilla, a 8 de febrero de 2022, en Madrid (España). El Gobierno aprueba hoy en Consejo de Ministros la obligatoriedad del uso de las mascarillas en exteriores, medida que entrará en vigor el próximo 10 de febrero. Desde Sanidad señalan que dejarán de ser obligatorias ya que los indicadores "van mejorando" y "especialmente" el que habla del nivel de circulación del virus. 08 FEBRERO 2022;MASCARILLAS;GOBIERNO;EXTERIORES Cézaro De Luca / Europa Press 08/2/2022
Una mujer se quita la mascarilla, a 8 de febrero de 2022, en Madrid (España). El Gobierno aprueba hoy en Consejo de Ministros la obligatoriedad del uso de las mascarillas en exteriores, medida que entrará en vigor el próximo 10 de febrero. Desde Sanidad señalan que dejarán de ser obligatorias ya que los indicadores "van mejorando" y "especialmente" el que habla del nivel de circulación del virus. 08 FEBRERO 2022;MASCARILLAS;GOBIERNO;EXTERIORES Cézaro De Luca / Europa Press 08/2/2022
Europa Press
Mascarillas en interiores: espacios donde será obligatorio

El BOE acaba de publicar su número más buscado desde que la ministra de Sanidad, Carolina Darias, anunciara que España se iba a quitar la mascarilla en interiores 700 días después de su obligatoriedad. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que modifica la norma del 20 de mayo de 2020 por la que los ciudadanos tuvieron que empezar a usar, a partir del día siguiente, el cubrebocas en todos los espacios públicos además de en los transportes, en los que ya era obligatorio desde el día 4 de ese mes.

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En este real decreto se establecen los ámbitos donde la mascarilla continuará siendo obligatoria. Así, las personas de seis años en adelante todavía quedan obligadas al uso de mascarillas en varios supuestos que se detallan a continuación. Los usuarios de los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros deberán continuar llevando mascarillas. Asimismo, seguirán siendo obligatorias en los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes tendrán que llevar mascarilla cuando estén en zonas compartidas. También los centros, servicios y establecimientos sanitarios, según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, serán lugares en los que las personas trabajadoras, los visitantes y los pacientes, con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación, tendrán que seguir llevando mascarilla.

En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas, recoge el BOE. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo.

Sin embargo, esta obligación no será exigible a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de las mascarilla resulte incompatible.

Las autoridades sanitarias recomiendan a las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por coronavirus que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros. Por ello, se aconseja un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado, así como en los eventos multitudinarios.

Todos los indicadores principales de seguimiento de la epidemia vigentes, de acuerdo con la 'Estrategia de vigilancia y control frente a la COVID-19 tras la fase aguda de la pandemia', se encuentran, según el último informe publicado el 8 de abril de 2022, en un nivel de riesgo bajo en la mayor parte del territorio, lo que sitúa la alerta en nivel 1 en 42 de las 52 provincias y en nivel 2 en 8 provincias. De hecho, dos provincias ya no presentan una situación de alerta.

La gravedad de la enfermedad ha descendido "de forma importante" con la llegada de las vacunas. Así, conforme a los datos recibidos a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, la tasa de hospitalización entre los casos ha pasado de un promedio de alrededor del 7% en la onda epidémica de diciembre 2020 a febrero 2021 a 1,19% en la onda epidémica de diciembre 2021 a marzo 2022, mientras que la de ingreso en UCI ha variado de un 0,67% a un 0,06% y la de letalidad ha pasado de un 1,46 % a un 0,19% para la población total.

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