Corte de la UE exige que el asilo de menores se trate en el país donde estén

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) confirmó hoy que las peticiones de asilo de menores no acompañados serán tratadas en el país donde esté el solicitante, incluso aunque haya solicitudes en otros Estados miembros, con el fin de evitar su traslado.

Bruselas, 6 jun.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) confirmó hoy que las peticiones de asilo de menores no acompañados serán tratadas en el país donde esté el solicitante, incluso aunque haya solicitudes en otros Estados miembros, con el fin de evitar su traslado.

Así lo ha ratificado hoy el alto tribunal con sede en Luxemburgo, en una sentencia en la que considera "primordial" que se respeten los derechos fundamentales de la UE, entre los que figura el principio de velar por el interés superior del niño, según informó la corte en un comunicado.

En concreto, la resolución sostiene que en interés de los menores no acompañados es conveniente no alargar inútilmente el trámite de determinación del Estado miembro responsable, sino garantizarles el acceso rápido a los procedimientos para determinar la condición de refugiado.

Sin embargo, el tribunal mantiene que para ello es preciso que ningún miembro de la familia del menor se encuentre legalmente en otro Estado miembro.

La corte comunitaria recuerda que el reglamento común de asilo prevé que cuando un nacional de un tercer Estado solicita asilo en un Estado miembro, que no es el designado como competente, se inicia un procedimiento de traslado del peticionario al Estado miembro responsable.

Asimismo, la sentencia destaca la condición de "personas particularmente vulnerables" de los menores, motivo por el que considera necesario que no sean trasladados a otro Estado miembro, en aras a garantizar el interés superior del menor, precisó el tribunal.

Además, recuerda el tribunal, que cabe la posibilidad de aplicar la "cláusula de soberanía", que permite a cualquier Estado miembro examinar una solicitud de asilo, aun cuando el examen no sea de su incumbencia en virtud de los criterios establecidos en el reglamento.

El tribunal comunitario se ha pronunciado así en relación a un caso en el que dos menores de nacionalidad eritrea y otro iraquí pidieron asilo en el Reino Unido, cuando ya habían presentado solicitudes en Italia y en Holanda.

Al considerar que éstos eran los Estados miembros responsables del examen de sus solicitudes de asilo, se acordó el traslado de los menores a dichos Estados.

Posteriormente, las autoridades británicas apelaron a la "cláusula de soberanía" para examinar las solicitudes de asilo, motivo por el que finalmente los menores regresaron al Reino Unido.

De esta manera, el tribunal luxemburgués en su resolución concluye que esta solución, lejos de ser un mero acto discrecional del Reino Unido, es de aplicación para el resto de supuestos en los que se presente una petición de asilo de un menor no acompañado, y que no tenga ningún familiar en un territorio de la UE.

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