Las personas con discapacidad no podrán ser discriminadas en procedimientos de adquisición de la nacionalidad española

    • Una nueva disposición adicional establece que "las personas con discapacidad accederánen condiciones de igualdada la nacionalidad española".
    • Dice quelas personas con discapacidad podrán disponer de los apoyos y de los ajustes razonables que permitan el ejercicio efectivo de esta garantía.
Las barreras de los disacpacitados físicos para encotnrar trabajo.
Las barreras de los disacpacitados físicos para encotnrar trabajo.

Las personas con discapacidad no podrán ser discriminadas en los procesos de adquisición de la nacionalidad española, para los que contarán con los apoyos y los ajustes razonables que precisen, según establece la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España modifica el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, introduciendo expresamente una garantía de no discriminación a favor de las personas con discapacidad.

Según informó el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), en virtud de esta reforma se añade una nueva disposición adicional duodécima al texto refundido mencionado, sobre "acceso a la nacionalidad española en condiciones de igualdad", que establece que "las personas con discapacidad accederán en condiciones de igualdad a la nacionalidad española", y añade que "será nula cualquier norma que provoque la discriminación, directa o indirecta, en el acceso de las personas a la nacionalidad por residencia por razón de su discapacidad".

Además, dispone que "en los procedimientos de adquisición de la nacionalidad española, las personas con discapacidad que lo precisen dispondrán de los apoyos y de los ajustes razonables que permitan el ejercicio efectivo de esta garantía de igualdad".
Este avance legal surge de las denuncias y planteamientos, asumidos por los grupos parlamentarios, del Cermi, que había señalado la inadecuación de la regulación legal sobre adquisición de la nacionalidad española en el caso de personas con discapacidad, que no consideraba ningún tipo de ajuste ni de apoyo, lo que terminaba por excluirlas de estos procesos, vulnerando su derecho a una igualdad efectiva.

Esta modificación legal está en consonancia con lo dispuesto en el artículo 13 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la que España es parte, que garantiza el acceso a la Justicia y a los procesos judiciales y asimilados sin exclusiones por motivos de discapacidad.

Mostrar comentarios