El Comité de Competición no sanciona a Cristiano Ronaldo

  • El Comité de Competición de la RealFederación Española de Fútbol (RFEF) no ha sancionado al futbolistadel Real Madrid Cristiano Ronaldo, que tras marcar un gol mostró unacamiseta interior con el nombre de Madeira, al interpretar que fue"un gesto pacífico de fraternidad y solidaridad".
Cristiano Ronaldo dice que le afectó mucho lo sucedido en Madeira
Cristiano Ronaldo dice que le afectó mucho lo sucedido en Madeira
lainformacion.com

El Comité de Competición explica los motivos de su decisión enuna resolución facilitada tras la reunión mantenida, martes, enla que se trató la celebración de Cristiano Ronaldo, que, según elartículo 91.1, podía haber sido sancionado económicamente pormostrar un lema en una camiseta.

"En el acta arbitral correspondiente al encuentro del CampeonatoNacional de Liga de Primera División, disputado entre Real Madrid yVillarreal, en el apartado 1.- Jugadores, bajo el epígrafe C.- Otrasincidencias, consta lo siguiente:"Tras conseguir un gol el jugadornº 9, perteneciente al Real Madrid C.F., D. Cristiano Ronaldo DosSantos Aveiro, levantó su camiseta, mostrando en su ropa interior lapalabra: "Madeira".

La lamentable tragedia sufrida por los habitantes de la islaportuguesa de Madeira, con al menos cuarenta fallecidos ycuantiosísimos daños materiales, condujo al jugador a un conscientey deliberado propósito de expresión de solidaridad con susconciudadanos, en un gesto que tuvo una amplia repercusión en losmedios de comunicación dada la innegable relevancia del jugador.

Aun cuando la literalidad del precepto del Código Disciplinariode la RFEF, el artículo 91.1, hace referencia a cualquier contenidode la leyenda o a cualquier finalidad de la acción por la que "alcesu camiseta", este Comité entiende que sin perjuicio de lagramatical, esta interpretación no puede nunca entenderse comoexclusiva y excluyente de otros elementos y, en particular, deacuerdo con el artículo 1.5 del Código Civil, la finalista yobjetiva y la que tiene en cuenta el contexto en el que las normasdeben ser aplicadas.

Conforme a estos criterios no puede este Comité sancionar ungesto pacífico de fraternidad y solidaridad con sus conciudadanos,que se limita a la leyenda con la denominación o nomenclatura de laisla de Madeira, que ha sufrido unas fatales inundaciones degravísimos efectos. La excepcionalidad del supuesto -contextualizadoen los párrafos precedentes- lleva a este Comité a eximir la acciónde cualquier sanción", señala la resolución.

Mostrar comentarios