La AEA ya ha comenzado los controles fuera de competición para Londres 2012

  • La directora de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA), Ana Muñoz, ha confirmado que este organismo ha comenzado ya la realización de los controles fuera de competición a los deportistas españoles clasificados para los Juegos Olímpicos de Londres 2012.

Madrid, 5 jun.- La directora de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA), Ana Muñoz, ha confirmado que este organismo ha comenzado ya la realización de los controles fuera de competición a los deportistas españoles clasificados para los Juegos Olímpicos de Londres 2012.

Ana Muñoz indicó que "la realización de los controles se está desarrollando con normalidad dentro de los cauces habituales" y recordó la obligación que tienen los deportistas de comunicar a la Comisión de Control de la Salud y de Lucha contra el Dopaje del Consejo Superior de Deportes (CSD) su localización, para facilitar la realización de estos controles y evitar posibles sanciones.

La directora de la AEA insistió en esta obligación, según el artículo 43 del Real Decreto 641/2009 por el que se regulan los procesos de control, tras asistir hoy al foro "Heroínas" celebrado en el Comité Olímpico Español (COE) donde se homenajeó a las mujeres que han destacado por sus resultados a lo largo de los cien años que cumple este organismo.

Dicho artículo establece que los deportistas con licencia que habilite para participar en competiciones oficiales de ámbito estatal deberán facilitar los datos que permitan su localización habitual "mediante la cumplimentación del formulario que por Resolución establezca el Presidente del Consejo Superior de Deportes".

La directora de la AEA explicó que el incumplimiento de esta obligación por parte de los deportistas se considerará una infracción grave o muy grave, en caso de que se cometa de forma reiterada, tal y como establece el artículo 14 de la Ley de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje.

La sanción por la comisión de infracciones graves puede conllevar suspensión o privación de licencia federativa por un período de tres meses a dos años y, en su caso, multa de 1.500 a 3.000 euros.

En caso de infracción muy grave las sanciones de suspensión o privación de licencia federativa pueden alcanzar un periodo de dos a cuatro años y multa de 3.001 a 12.000 euros.

Mostrar comentarios