Ayuntamiento de Níjar abre expediente sancionador por la plantación de olivos en el camino a la Cala San Pedro

EUROPA PRESS

La resolución, de 25 de febrero y consultada por Europa Press, se ha adoptado después de que varios Policías Locales, en una inspección a instancias del colectivo ecologista 'Amigos del Parque', constatasen que se habían producido roturaciones para uso agrícola destinadas a olivar en El Ricardillo, en concreto, sobre una superficie de unas "cuatro hectáreas".

El Consistorio, a raíz de la información, comprobó, asimismo, que los trabajos de roturación y plantación de olivos en los terrenos aledaños al sendero del Ricardillo "carecían" de la preceptiva licencia municipal de obras, por lo que ha resuelto abrir expediente disciplinario de Urbanismo tras levantar la correspondiente acta de inspección y denuncia.

Cabe recordar que hace ahora un año, la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Almería acordó también incoar expediente sancionador por la misma plantación al considerar que la actividad en cuestión, "un cultivo de olivar en régimen de secano", resulta "incompatible con la conservación de los recursos naturales" del espacio protegido.

Así, a su promotor le fue denegada la autorización en virtud a un informe del director conservador en diciembre de 2013 si bien el propietario de la plantación y también copropietario del Castillo de la Cala San Pedro por el que mantiene otro litigio con la Junta andaluza por su conservación, Daniel Navarro, sostuvo, por el contrario, que le asistía la ley porque obraba en su poder "una autorización por silencio administrativo positivo".

Navarro explicaba, en esta línea, que comunicó mediante un escrito elevado a la consejería del ramo en Sevilla en fecha 27 de febrero de 2015 que "había iniciado la plantación de olivos solicitada el 19 de septiembre de 2013 y autorizada" por este "silencio administrativo positivo el 19 de noviembre de ese año" en unos terrenos "que son de mi propiedad".

INFORME NEGATIVO

La resolución por la que se le denegó la plantación de olivos en este paraje, fechada el 16 de diciembre de 2013 aunque notificada el "9 de enero de 2014", según su versión, se atiene al informe técnico emitido por la dirección conservadora del parque natural.

Indica que la superficie en la que se pretende llevar a cabo el cultivo "coincide con la estepa cerealista en la que se está regenerando el matorral propio del lugar" y remite al régimen que rige para las zonas calificadas como B2.

Alude a que la normativa ambiental del parque fija como "prioritario a tener en cuenta" a la hora de autorizar proyectos de nuevos usos y actividades, "los efectos de la implantación sobre los valores paisajísticos y estima que un cultivo "arbóreo como el propuesto afectaría al paisaje semiárido de la estepa cerealista y de matorral".

El informe desfavorable remarca que, en el parque natural, puede considerarse "tradicional" el olivar "adehesado, ocupando zonas de compensación hídrica como márgenes de ramblas, vaguadas, fondos de barrancos y cañadas aterrazadas".

Al tiempo, asegura que fuera de estos terrenos, los cultivos arbóreos "no pueden considerarse tradicionales por su inviabilidad técnica debida a un déficit hídrico severo", por lo que, en su lugar, se ha presentado la estepa cerealista.

"Para el olivar se estiman los requerimientos medios de agua en 5.000 metros cúbicos por hectárea y los cambios de uso de secano a regadío solo se consideran compatibles en zonas C1 y C2".

ALEGACIONES

En sus alegaciones, donde subrayaba que su petición habría de considerarse aceptada por haberse excedido "ampliamente el plazo para responder", Navarro argumentó que "no es cierto" que el cultivo de olivo "se incompatible con la conservación de los recursos naturales".

"La plantación de olivos tradicionales en un espacio que ya era objeto de actividad agrícola es una de los usos permitidos", sostiene para destacar que la pretensión "no es en modo alguno, transformar en regadío el suelo de secano afectado".

Concluía asegurando que existe un "nulo valor paisajístico" al estar el paraje "en una hondonada escasamente visible y ya roturada" y adjuntaba fotografías.

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