El decreto ministerial 613 establece las normas de evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, distribución y uso de la semilla para la siembra de la planta del cannabis con fines medicinales, según informa la prensa local.
También detalla quiénes podrán acceder a estas licencias y el proceso para conseguirlas. "Los cupos ordinarios de los pequeños y/o medianos cultivadores serán asignados de manera prioritaria (...) y, una vez estos cupos hayan sido asignados, se procederá a la asignación de cupos de los demás licenciatarios".
"El Ministerio de Salud y Protección Social y la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia son las únicas entidades que podrán realizar visitas de evaluación y seguimiento de las licencias al predio o predios donde se desarrollen las actividades", reza el texto legal.
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