LAS MEDIDAS FISCALES DEL DECRETO DE CLÁUSULAS SUELO SUPONEN AHORROS DE HASTA EL 24,7% EN LA TRIBUTACIÓN, SEGÚN GESTHA

El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda Gestha afirmó este viernes que el real decreto ley para la devolución de los intereses hipotecarios por las cláusulas suelo no incorpora una “gran ventaja fiscal” para los contribuyentes afectados, que sólo se ahorrarán los recargos de declaraciones extemporáneas, los intereses de demora y la tributación de los intereses legales que abone el banco.
Así, según explicó Gestha en un comunicado, las medidas fiscales del real decreto suponen un ahorro de entre el 17,7% y 24,7% con respecto a la normativa del IRPF vigente hasta ahora.
En cambio, se mantiene la tributación de la parte correspondiente a los intereses excesivos de sus hipotecas que se hubieran incluido en sus declaraciones del IRPF de 2012 a 2015, bien deducidos por inversión en vivienda habitual o bien como un gasto deducible de los autónomos que compraron un inmueble para su actividad o por particulares que posteriormente lo hubieran alquilado.
En el primer caso, se mantiene la norma por la que los afectados que decidan cobrar la devolución en metálico tendrán que añadir en el IRPF de 2017 las deducciones indebidas en vivienda habitual y declarar correctamente el IPRF de 2016 el próximo mes de junio. Salvo que acuerden reducir el préstamo, en cuyo caso, no se exige este ajuste, porque el Gobierno adopta, señala el sindicato, una posición neutral en la que el hipotecado que dedujo de más en años anteriores deducirá de menos en los próximos años.
Y en el segundo caso, se mantiene la obligación de los afectados por las cláusulas suelo de presentar una declaración complementaria por el exceso de los intereses deducidos en los últimos cuatro años sin ninguna sanción, algo que, indica Gestha, es una “obviedad” porque la complementaria no es fruto de una infracción del hipotecado, sino de una decisión judicial.
En opinión de Gestha, no es ninguna novedad que se limiten los efectos fiscales del real decreto a los ejercicios no prescritos, pues trascurridos los cuatro años las situaciones fiscales se convierten en definitivas, hayan sido declaradas o no, como tampoco es novedoso que no se tribute por la devolución de los intereses de las cláusulas suelo.
CUANTÍA DE LA TRIBUTACIÓN
Para cuantificar cuánto tendrán que tributar los afectados, los técnicos toman como referencia a dos parejas con hipotecas de 180.000 euros a 15 años con una cláusula suelo del 3% y 2,5%, respectivamente, que opten por la devolución en efectivo de la cláusula suelo, declaren de forma individual y hayan utilizado la deducción por inversión en vivienda.
Las medidas fiscales del real decreto exigen abonar en el IRPF de 2016 y 2017 entre 234 y 423 euros, logrando así un ahorro de entre 50 y 139 euros. Es decir, entre un 17,7% y 24,7% con respecto a la normativa del IRPF vigente hasta este viernes.
Con ello, los técnicos estiman que esto supone que el real decreto mantiene entre el 75% y el 82% de la tributación de la devolución de las cláusulas suelo.
No obstante, Gestha indica que conviene precisar que si la inversión anual en vivienda habitual es superior al máximo de 9.040 euros por declarante, más la diferencia de intereses de la cláusula suelo, no habrá que realizar ningún ajuste en el IRPF de 2016, ni de 2017.

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