La Junta establece la veda de la coquina en dos meses, los de marzo y junio

EUROPA PRESS

Según esta resolución, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la orden de 25 de marzo de 2003, por la que se establecen las tallas mínimas de captura y épocas de veda para los moluscos bivalvos y gasterópodos de la Comunidad, modificado por la orden de 7 de marzo de 2011, faculta al titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura para reducir la época de veda hasta un mes, "siempre que la época resultante quede incluida en el período establecido en el Cuadro General de Tallas Mínimas y Épocas de Veda".

Dicha normativa contempla que, "en todo caso, dicho período de

veda podrá ser incrementado por motivos de protección de los recursos".

En ese sentido, la Junta ha tomado la decisión de establecer dos meses de veda "considerando el asesoramiento científico realizado por el Instituto Español de Oceanografía, y teniendo en cuenta el periodo de emisión de gametos del ciclo reproductivo de la especie coquina ('donax trunculus')".

Por ello, ha modificado para el año 2016 el periodo de veda para la captura de coquina en el litoral Atlántico de la Comunidad, "estableciendo el mismo en los periodos comprendidos del 1 al 31 de marzo, y del 1 al 30 de junio, todos incluidos".

La Junta ha advertido de que el incumplimiento de esta resolución "será sancionado de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina, y el decreto por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía".

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