Publicadas las bases que regirán la Orden de ayudas al fomento de la comercialización de productos pesqueros

EUROPA PRESS

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) 2014-2020. Estas subvenciones se convocarán en régimen de concurrencia competitiva y priorizarán proyectos de empresas constituidas por jóvenes y/o mujeres y dispongan de plan de igualdad.

El documento define, entre otros aspectos, los conceptos subvencionables, los criterios de valoración, las personas o entidades que podrán beneficiarse de estos incentivos, así como los documentos que deberán presentar para las tres líneas de ayudas que abarca: medidas de comercialización y medidas de transformación de los productos de la pesca y la acuicultura y medidas de promoción y búsqueda de nuevos mercados, según ha señalado la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en una nota.

Así, en el caso de actuaciones para el fomento de la comercialización, se concretan como conceptos subvencionables aquellas que estén dirigidas a encontrar nuevos mercados y mejorar las condiciones de venta; difundir la calidad y valor añadido; contribuir a la transparencia de la producción y la realización de estudios de mercados; así como a la trazabilidad de estas producciones.

Como posibles beneficiarios, el texto indica que podrán acceder a las ayudas personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio que ejerzan y asuman las actividades de comercialización y sean responsables finales de la inversión.

Para la transformación, se contemplan ayudas destinadas a iniciativas que contribuyan al ahorro de energía o a reducir el impacto en el medio ambiente, incluido el tratamiento de residuos; a mejorar la seguridad, higiene, salud y condiciones de trabajo; que sirvan para la transformación de pescado que no pueda destinarse a consumo humano; así como la de subproductos obtenidos de estas actividades; entre otros.

En cuanto a los beneficiarios, se especifica que podrán solicitar las subvenciones las personas físicas y jurídicas y sus agrupaciones (pymes), que ejerzan y asuman las actividades de transformación y sean responsables finales de las inversiones. Además de cumplir los requisitos que establece la Orden, en este caso los solicitantes deberán acreditar que cuentan con solvencia financiera suficiente y que las inversiones no han comenzado antes de la petición de la ayuda.

Por último, la Orden incluye también medidas de promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y acuicultura. En este caso, las ayudas que contempla el texto estarán dirigidas a la realización de campañas regionales, nacionales o transnacionales de comunicación y promoción para sensibilizar al público sobre la importancia de llevar a cabo una producción pesquera y acuícola sostenibles; fomentar la calidad y valor añadido; y a la realización de estudios de mercado y sobre la dependencia de las importaciones.

En las tres líneas, la intensidad máxima de la ayuda pública será del 50 por ciento del gasto subvencionable total de la operación, mientras que para la comercialización y transformación se especifica además que la cuantía máxima será del 30 por ciento de la disposición presupuestaria que determinen las respectivas órdenes de ayudas.

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