Impuesto temporal

Aedaf insta a declarar el tributo a las grandes fortunas y a recurrirlo después

Los asesores fiscales aseguran que el Estado se verá obligado a devolver la cuantía abonada por el impuesto con intereses a quienes lo hayan recurrido en caso de que este llegue a declararse inconstitucional 

Símbolo de la Agencia Tributaria en una de las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Símbolo de la Agencia Tributaria en una de las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Europa Press

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha advertido este jueves de que el Estado estará obligado a devolver con intereses el impuesto temporal a grandes fortunas a los contribuyentes afectados que lo hayan recurrido si la figura se declara finalmente inconstitucional. Los asesores recomiendan así liquidar el tributo e impugnarlo "inmediatamente" después.

"Esto es dañar las arcas públicas a medio plazo, porque se está primando la recaudación inmediata y se está perjudicando la recaudación a medio plazo", ha denunciado en rueda de prensa la presidenta de Aedaf, Stella Raventós, durante la presentación de un nuevo estudio sobre el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.

Según los asesores fiscales, la defectuosa articulación técnica del límite de la cuota íntegra del impuesto, fruto de la "vertiginosa y reprochable" tramitación parlamentaria de la norma de rango legal en la que se inserta, ha propiciado que el pretendido efecto armonizador con el Impuesto de Patrimonio se haya visto desdibujado de forma ciertamente significativa.

Según los asesores, la aprobación de medidas con tan "deficiente calidad técnica" a lo que contribuyen es a la multiplicación de la litigiosidad y al bloqueo de todos los órganos revisores, además de la presión al contribuyente y al asesor del contribuyente. Para los asesores, la anomalía en la tramitación parlamentaria resulta decisiva de cara a determinar la inconstitucionalidad del impuesto.

A la espera de si se pronuncia el Constitucional

Por ello, desde la Asociación han recomendado a todos sus miembros declarar el tributo temporal e inmediatamente impugnarlo. "Si se pronunciase el Tribunal Constitucional, la devolución se produciría a aquellos que hayan iniciado la vía de recursos y que hayan planteado esta cuestión", han recalcado.

Con este impuesto --que grava el ejercicio 2022 para empezar a recaudar este 2023--, el actual Ejecutivo de Pedro Sánchez ha puesto el foco en aquellos patrimonios superiores a tres millones de euros para que, ante un contexto marcado por el impacto económico de la guerra en Ucrania y la crisis de precios, no puedan quedar eximidos por las bonificaciones de los gobiernos regionales.

En el también llamado 'impuesto de solidaridad' se puede deducir la cuota abonada en concepto del Impuesto de Patrimonio autonómico, para evitar que las grandes fortunas tributen dos veces por el mismo hecho imponible. El nuevo gravamen es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros. Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultan aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros.

Algunas formaciones políticas ya han avanzado sus intenciones en cuanto a este tributo. Desde el PP se aboga, a priori, por suprimirlo, pero según advierten los asesores, si el Tribunal Constitucional llegara a pronunciarse avalando la constitucionalidad del impuesto, la decisión de derogarlo en este caso sería "más difícil por ser menos vendible en términos de marketing político".

Mostrar comentarios