Competencia investiga a las petroleras por fijar precios


La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) investiga posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de distribución de combustible de automoción, lo que le ha llevado a realizar inspecciones en diversas empresas operadoras de productos petrolíferos y en una asociación sectorial.

Según informó este miércoles la CNC, los días 27 y 28 de mayo, inspectores de Competencia han realizado inspecciones en varias compañías operadoras de productos petrolíferos y en una asociación sectorial, “bajo la sospecha de posibles prácticas anticompetitivas, consistentes en la coordinación de conductas entre operadores en materia de precios y condiciones comerciales en la distribución de combustibles de automoción a través de estaciones de servicio”.
Este sector ha sido recurrentemente objeto de interés por la autoridad de competencia española, que ha venido realizando un seguimiento constante del mismo, producto del cual se han emitido una serie de informes en los que la CNC ha puesto de manifiesto el problema de la falta de competencia en el sector, tras constatar un incremento significativo en el precio de los carburantes, en un contexto de niveles generales de precios minoristas (antes de impuestos) más elevados que los registrados en países de nuestro entorno.
Por su parte, la Comisión Nacional de Energía (CNE) también se ha hecho eco en sus informes de supervisión del alineamiento general de los precios de venta al público de los combustibles de automoción y, más recientemente, ha hecho público el inicio de un expediente informativo con el objeto de determinar la causa del denominado “efecto lunes” (patrón común consistente en la bajada del precio entre el domingo y el lunes que se acompaña de una subida posterior a partir del martes no justificada por la evolución de las cotizaciones internacionales) e identificar qué operadores pudieran estar siendo responsables de las citadas actuaciones y comprobar si estas conductas se ajustan a la legalidad.
Las inspecciones, aclara la CNC, suponen un “paso preliminar en el proceso de investigación de la supuesta conducta anticompetitiva y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de la entidades inspeccionadas”.
Si bien, en el caso de acreditarse algún indicio se procedería a la incoación formal del expediente, pues tales conductas restrictivas constituirían una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Estas conductas se consideran como una infracción muy grave, que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

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