Consumo concluye que cobrar por emitir facturas en papel es abusivo


El Instituto Nacional de Consumo (INC) ha emitido un informe en el que determina que el cobro por la emisión en papel de las facturas es una práctica abusiva.
En concreto, el informe ha sido emitido con motivo de una consulta de la Agencia Catalana del Consumo sobre la viabilidad jurídica de la práctica realizada por parte de determinadas empresas consistente en el cobro de un euro o una cantidad similar para realizar el envío de la factura física o en formato papel a los consumidores.
Dichas empresas interpretan que al dar la posibilidad de realizar la consulta a través de medios electrónicos o telemáticos, el envío de la factura física en papel debe considerarse un servicio adicional y no un derecho reconocido.
Por su parte, el INC explica que el reglamento por el que se regulan con carácter general las obligaciones de facturación no se pronuncia sobre la gratuidad o no de la emisión de factura, por lo que hay que atenerse a lo dispuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Dicha ley establece que en aquellos casos en que legal o reglamentariamente el contrato deba de documentarse por escrito o en cualquier soporte de naturaleza duradera, la formalización del mismo debe tener carácter gratuito para los consumidores y usuarios.
Por ello, en el caso de servicios, cada una de las facturas emitidas por el empresario supone el cumplimiento formal de las obligaciones que para éste se derivan del contrato, y su emisión debe tener carácter gratuito.
En consecuencia, concluye que se trata de una cláusula abusiva porque es “una condición general incorporada a un contrato que no ha sido negociada individualmente y que, en perjuicio del consumidor, produce un desequilibrio importante entre los derechos de ambas partes que es contrario a la buena fe por limitar los derechos reconocidos legalmente al consumidor”.

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