Madrid, 21 nov.- El Consejo de Ministros ha desestimado las indemnizaciones reclamadas por nueve empresas de energía solar fotovoltaica contra la normativa de 2010 que limitó el número de horas anuales con derecho a recibir prima económica e implantó un nuevo peaje a las compañías de generación eléctrica.
El Ejecutivo considera que los cambios en el régimen de primas introducidos con el RDL 4/2010 son legítimos "siempre que no menoscaben el derecho a la retribución razonable" de las instalaciones.
Asimismo, indica que no hay ningún pronunciamiento del Tribunal Constitucional que declare inconstitucional esta norma y señala que la limitación de las horas ni da lugar a un perjuicio antijurídico ni fue arbitraria ni retroactiva.
El decreto de 2010 modificó el régimen retributivo de las instalaciones fotovoltaicas acogidas a la normativa aprobada en mayo de 2007, creó un peaje a la generación e incrementó la vida útil en cinco años, hasta 30 años, de las plantas con derecho a prima.
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