Desestiman recurso de Hunosa al archivo de querella contra Victorino Alonso

  • La Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado el recurso de apelación presentado por Hunosa contra el archivo de la demanda penal contra dos empresas del grupo Victorino Alonso por estafa, falsedad y apropiación indebida en el almacenamiento de carbón.

Oviedo, 17 jul.- La Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado el recurso de apelación presentado por Hunosa contra el archivo de la demanda penal contra dos empresas del grupo Victorino Alonso por estafa, falsedad y apropiación indebida en el almacenamiento de carbón.

Esta decisión judicial, contra la que no cabe recurso, pone fin a la vía penal, aunque se mantiene abierta la vía civil.

Hunosa había presentado una querella criminal, de cuya conclusión estaba pendiente el inicio de la vía civil, por un quebranto que podría situarse en los 46 millones de euros contra las empresas Unión Minera del Norte (UMINSA) y Coto Minero Cantábrico por la supuesta desaparición de 577.924 toneladas de carbón propiedad de la hullera pública.

El carbón se encontraban en las instalaciones del Grupo Victorino Alonso dentro del Almacén Estratégico Temporal (AETC), en el que se custodiaba carbón por un valor total de 153 millones.

El AETC fue una iniciativa adoptada en 2009 del Gobierno central por la que se autorizaba a Hunosa a comprar carbón a las compañías privadas, almacenarlo y venderlo posteriormente a las térmicas.

El Juzgado de Instrucción Cangas de Narcea acordó en enero el sobreseimiento provisional al considerar que no concurren los elementos necesarios para que pueda hablarse de estafa y porque los hechos denunciados por Hunosa no han sido "debidamente acreditados".

No obstante, admitía que los controles establecidos en el AETC eran "prácticamente ineficaces" debido a que el carbón podría "almacenarse en cualesquiera de las instalaciones de los querellados".

Hunosa presentó un recurso de reforma ante el juzgado que fue igualmente desestimado, al considerar la juez que no habían quedado acreditados los hechos denunciados por la hullera pública y no apreciar responsabilidad penal, aunque dejaba abierta la reclamación por vía civil.

El auto de la Audiencia incide en la existencia de dos mediciones realizadas por la misma perito, el primero de los cuales acreditaba la falta de carbón, y el segundo, realizado a instancia de las empresas demandadas, que en cambio estableció que con los nuevos carbones puestos a disposición del AETC por parte de UMINSA y CMC quedaría cubierto el déficit de carbón detectado.

Fuentes de Hunosa insistieron tras el sobreseimiento provisional de la querella que el déficit de carbón quedó perfectamente acreditado y que el hecho de que posteriormente las empresas querelladas pusieran otros carbones a disposición del AETC no corrige la actuación, a su entender, ilícita.

El auto de la Audiencia establece que "se trata de una cuestión relativa a cumplimiento de los contratos" cuyas "discrepancias deben ventilarse" ante la jurisdicción civil.

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