El Banco de España ha anunciado este viernes en un comunicado que revisará el Régimen de Incompatibilidades de sus altos cargos después de la polvareda levantada por la decisión de la patronal de los grandes bancos (AEB) de ofrecer su Presidencia al hombre que se encargó de la regulación del sector durante los años de la crisis, José María Roldán.
Los comentarios del ministro de Economía, Luis de Guindos, en relación a la poca oportunidad del nombramiento y la presiones privadas para evitar que un hombre clave del regulador se pasará al otro bando apenas unos meses después de salir del Banco de España no sólo han forzado la renuncia de Roldán, sino que han aconsejado al Consejo Ejecutivo de la entidad encomendar a la Secretaría General"una propuesta de adaptación del Reglamento Interno del Banco de España en lo que se refiere al Régimen de Incompatibilidad aplicable a los directores generales tras su cese".
Según el Reglamento Interno vigente en la actualidad, existe una restricción de dos años para que los gobernadores y subgobernadores que salgan de la entidad puedan ocupar cargo alguno en una entidad de crédito o del mercado de valores durante los dos años siguientes.
Esta restricción es más suave para los ex directores generales, que únicamente deben esperar seis meses para poder aterrizar en una entidad que haya estado bajo el paraguas regulador y supervisor del Banco de España.
José María Roldán hubiera cumplido ese requisito, ya que el relevo en la Presidencia de la AEB no se produciría hasta el mes de abril y Roldán fue destituido en septiembre, con lo que se habría respetado el plazo de seis meses exigido por la ley.
Sin embargo, una cosa es el cumplimiento de la norma y otra muy diferente lo que parece, y al Ejecutivo no le ha parecido nada bien este movimiento.
Según el Banco de España, la revisión del régimen se hará con dos referentes claros. Por un lado, el régimen de incompatibilidades que rige para los ex altos cargos de la Administración General del Estado y, por otro, el marco regulador existenten en el BCE.
¿Qué dicen estos? El de la Administración del Estado inhabilita a los ex directores generales para ocupar un cargo en las entidades privadas que hayan podido ser afectadas por sus decisiones en la Administración durante los dos años siguientes a su salida del cargo.
Por contra, no establece ningún tipo de limitación para incorporarse a fundaciones u organizaciones sectoriales, como hubiera sido el caso de José María Roldán.
El sistema que rige en el BCE es algo más laxo y se basa en un régimen de consulta previa. Cuando un ex director general del BCE quiere incorporarse a un nuevo empleo en el sector privado debe someter la cuestión al análisis del Consejo Ejecutivo que en función de una serie de parámetros determina si el mismo es compatible o no con las funciones que desarrollaba anteriormente.
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