El gobierno aprueba el reglamento de matriculación de aeronaves civiles


El Consejo de Ministros aprobó este viernes el nuevo ‘Reglamento de matriculación de aeronaves civiles’, incluidas aquellas de estructura ligera y las privadas de uso mercantil, que hasta la fecha contaban con un régimen específico.
El reglamento determina las aeronaves excluidas de inscripción e incorpora y ordena la regulación sobre matrículas para aeronaves nuevas de serie que necesiten realizar vuelos de prueba para verificación, puesta a punto y mantenimiento y, a la vez, para prototipos aéreos empleados para vuelos de ensayo, desarrollo, verificación, puesta a punto o certificación.
Se introduce en la normativa el concepto novedoso de “reserva de matrícula”, para los casos en que se tenga prevista la matriculación de una aeronave en España, que se concede mientras se realiza el procedimiento de registro definitivo y se regula también la cancelación temporal de una matrícula por un tiempo no superior a cinco años, cuando la misma vaya a ser temporalmente inscrita en el extranjero.
El Registro de Matrículas de Aeronaves Civiles depende de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y su ámbito geográfico se extiende a todo el territorio nacional. El Registro de Matrículas tendrá una única oficina con sede en Madrid.

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