El Tribunal de la UE reduce a la mitad la multa a Romana Tabacchi por cártel

  • El Tribunal General de la Unión Europea ha decidido hoy anular parcialmente la decisión de la Comisión Europea de 2005 de castigar a Romana Tabacchi por participar en un cártel en el mercado italiano del tabaco crudo, y reducir el importe de la multa que se le impuso de 2,05 millones de euros a 1 millón.

Bruselas, 5 oct.- El Tribunal General de la Unión Europea ha decidido hoy anular parcialmente la decisión de la Comisión Europea de 2005 de castigar a Romana Tabacchi por participar en un cártel en el mercado italiano del tabaco crudo, y reducir el importe de la multa que se le impuso de 2,05 millones de euros a 1 millón.

Por otra parte, la corte, con sede en Luxemburgo, confirmó las multas de 3,99 y 14 millones de euros impuestas a las también tabacaleras Mindo y a Transcatab, respectivamente

En octubre de 2005, la Comisión impuso multas por un valor total de 56 millones de euros a varias sociedades, entre ellas Romana Tabacchi, Mindo y Transcatab, por su participación, entre 1995 y 2002 en una práctica colusoria horizontal llevada a cabo en el mercado italiano del tabaco crudo.

Según la CE, ésta tenía por objeto pactar los precios que se habían de pagar a los productores de tabaco y a los intermediarios, así como el reparto de los proveedores.

A Romana Tabacchi, sociedad actualmente en liquidación, se le impuso una multa de 2,05 millones de euros, importe correspondiente al 10 % del volumen de negocios total obtenido por la empresa durante el ejercicio social más reciente.

El Tribunal falló hoy que, al calcular el importe de la multa impuesta a Romana Tabacchi, la Comisión incurrió en errores de apreciación de los hechos en lo referente a la duración de su participación en el cártel.

También consideró que se vulneró el principio de igualdad de trato cuando apreció el peso específico de dicha participación.

La corte indicó que la Comisión no podía considerar 2001 como el último año completo de la participación de Romana Tabacchi en el cártel.

Ese error de Bruselas determinó que dicha sociedad fuera clasificada erróneamente en una categoría de empresas que no era la suya, y que tuviera que pagar una multa "desproporcionada" respecto a su peso real en la infracción.

Por esos motivos, el Tribunal consideró que el importe final de la multa que se le impone debe fijarse en 1 millón de euros, un montante que considera suficientemente disuasivo.

En lo referente a Mindo, la corte recordó que su multa fue pagada por su codeudor solidario, Alliance One International.

Por último, por lo que respecta a Transcatab, el Tribunal General desestimó su recurso y confirmó la multa de 14 millones de euros impuesta por la Comisión.

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