El Tribunal Supremo duda de que el plan de recortes de Cospedal sea constitucional

    • ElSupremoha dictado un auto en el que acuerda plantear alConstitucionalsi tres artículos de laLey de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicosaprobada por el Gobierno deCastilla-La Manchaen 2012 son inconstitucionales.
    • Este auto llega después de que elTribunal Superior de Justicia de Castilla-La Manchadesestimara varias demandas acumuladas de conflicto colectivo formuladas por los sindicatosUGTyCCOO.
Cospedal cree que los ciudadanos reconocerán que el PP ha hecho lo que tenía qué hacer para sacar adelante a C-LM
Cospedal cree que los ciudadanos reconocerán que el PP ha hecho lo que tenía qué hacer para sacar adelante a C-LM

ElTribunal Supremoha dictado un auto en el que acuerda plantear alTribunal Constitucionalsi tres artículos de laLey de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicosaprobada por el Gobierno deCastilla-La Manchaen 2012 son inconstitucionales.

En el auto la sala asegura "albergar serias dudas sobre la acomodación constitucional de la norma".

En concreto, se refieren al artículo 5 de dicha ley, que se refiere a retribuciones del personal funcionario; el artículo 20, que habla del complemento por incapacidad temporal de los empleados públicos, y el artículo 1, en el que aborda la jornada de trabajo especificando, entre otros asuntos, que a la semana se trabajará un total de 37 horas y media.

Este auto llega después de que elTribunal Superior de Justicia de Castilla-La Manchadesestimara varias demandas acumuladas de conflicto colectivo formuladas por los sindicatosUGTyCCOO.

La pretensión de los sindicatos, explica este auto, era que se declarara la vigencia de la integridad del contenido delVI Convenio Colectivo de Personal Laboralal servicio de la Junta y la "no aplicabilidad" al mismo de la ley que ahora cuestiona el Supremo.

Contra dicha sentencia se interpusieron sendos recursos de casación por parte de UGT y CCOO, al amparo de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. CCOO recurre por cuatro motivos y UGT en uno solo, coincidente con el primero de los de la primera formación sindical.

Así, Comisiones Obreras alegaba que tanto la normativa estatal al respecto de congelaciones salariales que figura en elEstatuto del Trabajadory elEstatuto Básico del Empleado Públicotiene prevalencia sobre la normativa estatal.

Estos recursos fueron impugnados por la Junta, y en ese trámite el sindicatoSTASde Castilla-La Mancha presentó recurso de adhesión a los recursos de casación de los primeros dos sindicatos, adhesión que pidió ser admitida por los letrados del Gobierno autonómico.

En marzo de 2013 se admitió a trámite los recursos de casación, tras lo que el Ministerio Fiscal emitió un informe sosteniendo la improcedencia de ese recurso.Razonamientos jurídicos

Dice el auto que el conflicto colectivo que plantean los sindicatos entre la normativa estatal y lo dispuesto en la ley que ahora se remite al Constitucional se refiere a la jornada ordinaria máxima de 35 horas semanales, la minoración de retribuciones y la modificación del complemento de incapacidad temporal.

Argumenta además que las medidas de reducción del gasto y del déficit de público de las comunidades autónomas "han incidido en los últimos años en las condiciones laborales de quienes prestan servicio en el sector público", medidas que "se encuadran en esa competencia estatal básica que actúa de techo para las comunidades autónomas".

"Sucede que en el presente caso, la legislación estatal no parece dar cobertura a lo que se plasma en la ley de Castilla-La Mancha", añade el auto.z

En el auto la sala asegura "albergar serias dudas sobre la acomodación constitucional de la norma".

En concreto, se refieren al artículo 5 de dicha ley, que se refiere a retribuciones del personal funcionario; el artículo 20, que habla del complemento por incapacidad temporal de los empleados públicos, y el artículo 1, en el que aborda la jornada de trabajo especificando, entre otros asuntos, que a la semana se trabajará un total de 37 horas y media.

Este auto llega después de que elTribunal Superior de Justicia de Castilla-La Manchadesestimara varias demandas acumuladas de conflicto colectivo formuladas por los sindicatosUGTyCCOO.

La pretensión de los sindicatos, explica este auto, era que se declarara la vigencia de la integridad del contenido delVI Convenio Colectivo de Personal Laboralal servicio de la Junta y la "no aplicabilidad" al mismo de la ley que ahora cuestiona el Supremo.

Contra dicha sentencia se interpusieron sendos recursos de casación por parte de UGT y CCOO, al amparo de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. CCOO recurre por cuatro motivos y UGT en uno solo, coincidente con el primero de los de la primera formación sindical.

Así, Comisiones Obreras alegaba que tanto la normativa estatal al respecto de congelaciones salariales que figura en elEstatuto del Trabajadory elEstatuto Básico del Empleado Públicotiene prevalencia sobre la normativa estatal.

Estos recursos fueron impugnados por la Junta, y en ese trámite el sindicatoSTASde Castilla-La Mancha presentó recurso de adhesión a los recursos de casación de los primeros dos sindicatos, adhesión que pidió ser admitida por los letrados del Gobierno autonómico.

En marzo de 2013 se admitió a trámite los recursos de casación, tras lo que el Ministerio Fiscal emitió un informe sosteniendo la improcedencia de ese recurso.Razonamientos jurídicos

Dice el auto que el conflicto colectivo que plantean los sindicatos entre la normativa estatal y lo dispuesto en la ley que ahora se remite al Constitucional se refiere a la jornada ordinaria máxima de 35 horas semanales, la minoración de retribuciones y la modificación del complemento de incapacidad temporal.

Argumenta además que las medidas de reducción del gasto y del déficit de público de las comunidades autónomas "han incidido en los últimos años en las condiciones laborales de quienes prestan servicio en el sector público", medidas que "se encuadran en esa competencia estatal básica que actúa de techo para las comunidades autónomas".

"Sucede que en el presente caso, la legislación estatal no parece dar cobertura a lo que se plasma en la ley de Castilla-La Mancha", añade el auto.

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