Gobierno y femp aprueban restablecer el déficit cero en las cuentas de las entidades locales en 2014


La Administración General del Estado y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) aprobaron este jueves el objetivo de estabilidad presupuestaria para las entidades locales de cara al periodo 2012-2014, durante la reunión de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) que tuvo lugar en la sede del Ministerio de Economía y Hacienda.
Este objetivo concreta el compromiso del Gobierno de España y de las corporaciones locales con el proceso de consolidación de las finanzas públicas establecido en el Programa de Estabilidad y Crecimiento, que deberá reconducir el déficit público hasta situarse en un nivel igual o inferior al 3% del PIB en el año 2013.
La propuesta aprobada este jueves prevé el restablecimiento del equilibrio presupuestario en el ámbito de las entidades locales en el año 2014 y confirma la senda de reducción del déficit prevista para los ejercicios inmediatamente anteriores, con una previsión de déficit del 0,3% del PIB para 2012 y del 0,2% del PIB para 2013.
La Administración del Estado y la FEMP han definido también las condiciones en que se podrá aplicar la exención de la obligación de presentar planes económico-financieros de reequilibrio cuando se liquide un presupuesto con déficit, de cara a las liquidaciones de los presupuestos correspondientes al año 2010.
Dicha exención (aprobada con carácter excepcional para conciliar los objetivos de la normativa de estabilidad con la valoración de la situación económica) es únicamente aplicable a las entidades locales que hayan incurrido en un déficit no superior al porcentaje del PIB fijado dentro de la senda de consolidación fiscal, que para 2010 fue del 0,4%.
No obstante, para su aplicación a todas y cada una de las entidades locales, ese porcentaje se debe transformar en otro equivalente al de sus ingresos no financieros, que según el acuerdo adoptado hoy quedará fijado en el 5,53%.
De este modo, las entidades locales que presenten un déficit inferior al 5,53% de sus ingresos no financieros estarán exentas de la obligación de presentar un plan de reequilibrio. En este porcentaje no se considerarán los saldos que deban reintegrar por la liquidación del sistema de financiación.

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