Madrid, 22 may.- La banca, que principalmente adquiere las viviendas procedentes de las ejecuciones hipotecarias, deberá saldar la deuda que el anterior propietario tuviese contraída con la comunidad de vecinos antes de registrar la casa como suya.
Esta medida afectará a toda persona física o jurídica que se quede con una vivienda procedente de un lanzamiento hipotecario, ya sea una entidad financiera o quien adquiera la propiedad en subasta, y la cuantía deberá abonarse siempre antes de registrar el inmueble.
Esta iniciativa fue presentada en el Congreso de los Diputados por el Grupo Parlamentario Catalán (CiU) como Proposición no de Ley tras incluir una enmienda consensuada con el PP y ha sido aprobada hoy por amplia mayoría en la Comisión de Economía de la Cámara baja.
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