La cnmc abre expediente sancionador contra concesionarios de chevrolet


La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca Chevrolet, contra la empresa ANT Servicalidad y 10 concesionarios, por posible fijación de precios, condiciones comerciales y de servicio, e intercambio de información sensible, según informó este jueves en una nota.
En concreto, el expediente incoado se dirige contra las empresas ANT Servicalidad, y contra 10 concesionearios independientes distribuidores de la marca Chevrolet: Turismos y Vehículos Industriales (Tuvisa); Roauto; Seligrat de Automoción (Seliauto); Corredor Gil Motor; Talleres Prizán; Motor Aluche; Viñarcar; Roceña de turismos (Rotusa); Autotodo; y Alcarreña de Turismos (Altusa).
La apertura del expediente se produce tras la inspección realizada con fecha 4, 5 y 6 de junio de 2013 en la sede de la empresa de Mistery Shopping El Cliente Indiscreto (nombre comercial de la empresa ANT Servicalidad) y la información reservada realizada. Así, Competencia observó “indicios racionales” de la comisión de una infracción prohibida en el artículo 1 de la Ley Defensa de la Competencia de 2007.
De conformidad con lo establecido en dicha ley, ha acordado la incoación de un expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios, condiciones comerciales y de servicio, así como el intercambio de información comercialmente sensible en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca Chevrolet.
El organismo regulador apuntó que la incoación del expediente tiene lugar también “contra cualesquiera otras personas o entidades que pudieran aparecer vinculadas con los hechos indicados.
Esta conducta se considera como una infracción muy grave, que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las entidades infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.
Así, se abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.

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