La nueva ley de cajas en seis claves

    • Las grandes entidades que no han sido nacionalizadas tendrán que convertirse en fundaciones bancarias con exigentes requisitos de control
    • Las futuras cajas sólo podrán operar en su comunidad autónoma y no podrán 'jugar' con productos financieros complejos

Entidades como Caixabank, Kutxabank o Unicaja deberán convertirse en fundaciones bancarias.
Entidades como Caixabank, Kutxabank o Unicaja deberán convertirse en fundaciones bancarias.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la remisión al Parlamento del proyecto de ley que regulará el funcionamiento de las cajas de ahorro y de las fundaciones bancarias.

El texto regula el marco legal de las futuras cajas de ahorros, que tras la pulverización del sector apenas afectará a dos entidades de pequeño tamaño (Caja Pollensa y Caixa Ontinyent), y sobre todo la craeción de las fundaciones bancarias, las herederas directas de las antiguas cajas: Caixabank, Unicaja y Kutxabank.

Según el Gobierno, la nueva ley trata de devolver a las cajas de ahorros a su entorno territorial habitual, fortalecer el gobierno corporativo de las entidades y evitar los excesos del pasado. Éstas son las claves que explican el nuevo proyecto normativo:Fundaciones bancarias

- Las grandes cajas pasarán a ser fundaciones. El nuevo marco legal obligará a las cajas de tamaño medio y grande que no han sido nacionalizadas (Unicaja, Kutxabank y Caixabank) a convertirse en fundaciones bancarias. En realidad, la ley establece unos requisitos objetivos que obligan a esta transformación: tener un ámbito de actuación superior al de la comunidad autónoma, tener unos activos superiores a los 10 millones de euros o tener una participación en el capital de la entidad de crédito superior al 10%.

- Obligaciones crecientes según peso en el capital. Tener una participación superior al 10% del capital activará la incompatibilidad de que los miembros del Patronato de la fundación formen parte también del consejo de administración de la entidad y obligará a estar bajo el control del Banco de España.

Tener una participación superior al 30% del capital exigirá la presentación de un protocolo de gestión de su participación en el banco al Banco de España.

Tener una participación mayoritaria (superior al 50%) obligará a un informe más detallado sobre la estrategia de diversificación de inversiones y gestión de riesgos para evitar la concentración en activos emitidos por un mismo operador; y, además, exigirá la creación de un fondo de reserva, para dotar eventuales necesidades puntuales de capital de sus filiales.

El borrador de la ley que el Gobierno remitió al Consejo de Estado preveía también la imposibilidad de que las fundaciones pudieran acudir a las ampliaciones de capital de la entidad, con lo cual cualquier intención de crecer desembocaría en un menor peso de éstas en el capital del banco.

El Consejo de Estado, sin embargo, ha matizado esa disposición y el proyecto que se envía al Parlamento permitirá que las antiguas cajas acudan a esas ampliaciones de capital, si bien la parte que asuman no se traducirá en derechos políticos, es decir, en derechos de voto en el consejo.

- Exigencias de gobierno corporativo. La más relevante es la comentada anteriormente. Los presidentes de las entidades deberán escoger entre estar al frente de la fundación que controla el capital del banco o dirigir la entidad, al declararse "incompatible" ser patrono de una fundación con un cargo equivalente en la entidad bancaria participada.

Además, estarán sujetas a un régimen de control que será llevado a cabo por el Banco de España en el marco de sus funciones de supervisión financiera y por el protectorado en materia de gobierno corporativo.

Entre las medidas que incluye el proyecto figura el requisito de aprobar el reparto de dividendos por mayoría reforzada para evitar que el asunto sea controlado por las fundaciones.Un nuevo marco para las cajas

- Tres requisitos necesarios para ser una caja. Estarán sometidas a un triple limitación. La primera es material, ya que deberán centrar su operativa en productos destinados a particulares y pequeñas empresas, sin poder extender sus tentáculos a productos complejos. La segunda será geográfica, porque sólo podrán operar en un territorio determinado (comunidad autónoma o diez provincias limítrofes). Y la tercera será de tamaño, porque en ningún caso sus activos podrán superar los 10.000 millones de euros o el 35% de los depósitos totales existentes en su ámbito geofráfico de referencia

- Profesionalizar la gestión. Todos los consejeros de las cajas deberán cumplir los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno, y se les exigirán los mismos requisitos de capacidad y conocimiento del sector financiero que a los que formen parte de los bancos.

- Despolitización de las cajas. Se restringe la presencia de representantes de las Administraciones Públicas en los órganos de administración de las futuras cajas. No podrán superar el 25% del consejo. Se refuerza el régimen de incompatibilidades: los consejeros de las cajas no podrán desempeñar al tiempo ningún cargo ejecutivo en partidos políticos, organizaciones empresariales, sindicatos o tener algún cargo público.

Mostrar comentarios