Los activos fiscales diferidos pueden reforzar el capital de la banca

  • El reconocimiento de determinados activos fiscales que acumulan las entidades financieras como créditos fiscales frente a Hacienda, de modo que puedan ser computados como capital, permitiría a la banca mejorar su posición frente al sector en Europa y competir en igualdad de condiciones.

Madrid, 10 ago.- El reconocimiento de determinados activos fiscales que acumulan las entidades financieras como créditos fiscales frente a Hacienda, de modo que puedan ser computados como capital, permitiría a la banca mejorar su posición frente al sector en Europa y competir en igualdad de condiciones.

Los activos fiscales diferidos (DTAs, por sus siglas en inglés) son un anticipo de impuestos de las compañías al Estado al existir gastos contables que no son deducibles inmediatamente, lo que les lleva a pagar más.

El caso más frecuente es el de las provisiones para cubrir futuras pérdidas de la cartera crediticia, pero también se crean activos fiscales con las prejubilaciones de la plantilla, en el momento en el que las entidades apartan el dinero que tendrán que abonar a sus empleados hasta que lleguen a la edad de jubilación.

Las nuevas normas de Basilea III, que entrarán en vigor en 2014, obligan a las entidades a deducir de su capital estos DTAs por considerar que en caso de pérdidas o insolvencia, estos activos no tienen valor ya que sólo se recuperan mediante el pago de menores impuestos en el futuro siempre que la entidad obtenga beneficios.

Por eso, el sector financiero español ha pedido al Gobierno que determinados impuestos diferidos sean considerados créditos fiscales frente a la Administración Tributaria, lo que permitiría que no se dedujeran del capital a efectos de Basilea III, además de que haría más fácil la compra de entidades en subasta.

Entre otros motivos, la banca alega que esto les permitiría someterse a los test de estrés en igualdad de condiciones que el resto de bancos europeos, así como evitar publicar unos porcentajes de capital menores.

Además, esto evitaría que el Estado acabe poniendo más dinero en las entidades nacionalizadas, y hay quien apunta a que permitiría reactivar el crédito.

Asimismo, no tendría ningún impacto sobre la recaudación fiscal, salvo en el improbable caso de que haya que liquidar una entidad, lo que obligaría a Hacienda a tener que devolver a los acreedores del banco algunos impuestos que han sido pagados por anticipado.

Según los expertos, para el Estado el coste que tendría reconocer los DTAs como créditos frente a Hacienda es asumible porque este cambio fiscal, en principio, no tiene reflejo en el déficit público y sólo tendría impacto si alguna entidad entra en pérdidas o en un proceso de liquidación.

Por otra parte, si se tiene en cuenta que la banca más susceptible de necesitar capital tras las próximas pruebas de resistencia es la que está en manos del Estado, éste sería uno de los grandes interesados para evitar tener que meter más dinero y además, previsiblemente los cambios harían más fácil la venta de estos grupos.

Su relevancia no es poca ya que, según los datos publicados por las propias entidades, los bancos españoles están tratando de convertir entre 30.000 y 50.000 millones de euros en créditos fiscales.

El caso español no es único; en 2010 Italia optó por modificar su norma fiscal, de forma que el Estado se compromete a transformar los DTAs en un crédito frente a Hacienda en caso de pérdidas, insolvencia o liquidación.

Esta solución fue aceptada por Basilea III y evita que los bancos tengan que deducirse los DTAs de su capital siempre que su norma fiscal nacional permita esta transformación.

No obstante, aunque "útil", la agencia de medición de riesgos Fitch no prevé mejorar la calificación de la banca española ni la del Estado si efectivamente estos activos fiscales se reconocieran como créditos fiscales frente a Hacienda.

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