Sentencia sin precedentes: una caja obligada a devolver 5.035 euros a un cliente por no informarle bien

  • El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valladolid estima que la entidad financiera no ofreció toda la información necesaria para que "un cliente no profesional" pudiese tomar una decisión sobre las inversiones que le ofreció la Caja de Ahorros de Galicia. La falta de transparencia en los productos financieros es la principal queja de los usuarios ante el Banco de España.
Sucursal de la Caja de Ahorros de Galicia, ahora NovaCaixaGalicia
Sucursal de la Caja de Ahorros de Galicia, ahora NovaCaixaGalicia
Agencias
Roberto Arnaz

Un juez de Valladolid se ha erigido en defensor de los usuarios de banca. En una sentencia sin precedentes, el titular del juzgado de Primera Instancia número 2 de la capital castellanoleonesa acaba de condenar a la Caja de Ahorros de Galicia a reintegrar 5.035 euros a un cliente al que no informó bien sobre los riesgos asociados a una póliza con garantía personal de interés variable suscrita en enero de 2008 por un capital de 78.794 euros.

El préstamo, que estaba destinado a la compra de equipos electrónicos y telecomunicaciones para la empresa del demandante, estaba referenciado a las fluctuaciones del Euribor. Sin embargo, como reconoce la sentencia, la entidad bancaria no se lo explicó con suficiente claridad como para que "un cliente no profesional pudiese tomar una decisión sobre las inversiones que le ofreció la Caja de Ahorros de Galicia".

Según relata el diario 'El Norte de Castilla', el mismo día en el que se suscribió el préstamo referenciado al índice europeo, tanto el empresario como la caja firmaron un contrato marco que regulaba las permutas financieras de tipos de interés entre cliente y la caja.

Del resultado de las condiciones fijadas se produjeron tres primeras liquidaciones favorables al cliente por un importe total de 91 euros, mientras que las siguientes fueron negativas para el mismo llegando a los 5.035 euros.

De acuerdo con la sentencia, emitida el pasado 23 de febrero, el juez anula el contrato marco suscrito por el cliente y el banco al entender que es abusivo y que se firmó "sin que la entidad demandada cumpliese con las exigencias que se le impone en materia de información del producto (claridad y precisión proporcionada en el tiempo)".

Esta decisión del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valladolid es la primera que pone freno a la falta de información y transparencia en los contratos bancarios, una de las quejas más habituales de los clientes de entidades financieras, según recogen los informes anuales del Banco de España.

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