Tribunal ambiental chileno acoge a trámite un reclamo por el caso Hidroaysén

  • El Tribunal Ambiental de Santiago acogió hoy a trámite un reclamo en contra de una resolución gubernamental que rechazó la ejecución del proyecto eléctrico Hidroaysén, que contemplaba la construcción de cinco represas en la Patagonia chilena.

Santiago de Chile, 13 ago.- El Tribunal Ambiental de Santiago acogió hoy a trámite un reclamo en contra de una resolución gubernamental que rechazó la ejecución del proyecto eléctrico Hidroaysén, que contemplaba la construcción de cinco represas en la Patagonia chilena.

La queja presentada por Hidroaysén, controlada por las generadoras Endesa Chile y Colbún, fue formulada en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que ejecutó una resolución de un comité de ministros que en junio resolvió que el proyecto no se podía realizar pues afectaba los derechos de los habitantes de la zona.

Hidroaysén recurrió al Tribunal Ambiental de Santiago en virtud de una normativa que le otorga competencia para "conocer de las reclamaciones en contra de la resolución que resuelva un procedimiento administrativo de invalidación de un acto administrativo de carácter ambiental".

El proyecto, que preveía una inversión de 3.200 millones de dólares, implicaría la inundación de 4.010 hectáreas en un área de gran valor ecológico, para producir una media anual de 18.430 gigavatios por hora.

Aunque Hidroaysén había obtenido la aprobación ambiental para su ejecución por parte de la autoridad de la austral región de Aysén donde se emplazaría, fue finalmente rechazado por el gobierno de Michelle Bachelet, en base a más de dos mil observaciones planteadas por comunidades y grupos ambientalistas.

Entre las razones que argumentaron los ministros para objetar a Hidroaysén se contó "la inexistencia de una cuantificación adecuada de los impactos ambientales por efecto del cambio de la hidrología de los cursos alterados en el ecosistema acuático".

También se planteó "una inconsistencia respecto a la línea base declarada por el titular en la fauna terrestre, lo que no permite configurar ni cuantificar impactos ambientales y por ende tampoco establecer medidas de mitigación, reparación y compensación".

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