Bruselas, 20 mar.- El Tribunal General de la UE ha rechazado hoy el recurso presentado por la empresa española Bimbo SA contra el registro de la marca "Caffè Kimbo" por parte de la compañía Café do Brasil SpA.
La corte de Luxemburgo ha dado la razón a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), que había permitido el registro de la marca y ha condenado a costas a Bimbo.
El caso se remonta a 2003, cuando la empresa Café do Brasil presentó una petición de registro de marca comunitaria a la OAMI para una amplia serie de productos bajo la marca "Kimbo".
Bimbo SA presentó una queja formal contra el registro de esta marca al considerar que se asemejaba a la "marca notoria española Bimbo".
A raíz de esta iniciativa, la OAMI denegó a Café do Brasil el uso de "Kimbo" para una parte de productos impugnados, en concreto los derivados de harinas y preparaciones a base de cereales, como el pan, los productos de pastelería y confitería, los helados o los polvos de hornear.
No obstante, la oficina comunitaria autorizó el uso de la marca para el resto de productos solicitados, entre ellos, café, té, cacao, azúcar, arroz, sal, mostaza y otros condimentos.
Bimbo recurrió esta decisión para solicitar la anulación total de la marca, petición que fue desestimada por la oficina, y posteriormente llevó el caso al Tribunal General de la UE, que hoy ha respaldado a la OAMI.
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que lainformacion.com restringirá la posibilidad de dejar comentarios