Tribunal UE avala la prohibición de CE a ABN Amro de realizar adquisiciones

  • El Tribunal General de la Unión Europea (UE) confirmó hoy la prohibición de realizar adquisiciones del 5 % o más del capital en empresas de cualquier sector impuesta por la Comisión Europea (CE) al banco ABN Amro en 2011 por haber recibido ayudas del Estado holandés para su recapitalización.

Bruselas, 8 abr.- El Tribunal General de la Unión Europea (UE) confirmó hoy la prohibición de realizar adquisiciones del 5 % o más del capital en empresas de cualquier sector impuesta por la Comisión Europea (CE) al banco ABN Amro en 2011 por haber recibido ayudas del Estado holandés para su recapitalización.

En una sentencia publicada hoy, la Corte de Luxemburgo valida el análisis hecho por Bruselas en 2011 de que ABN Amro había recibido ayuda pública para su recapitalización de entre 4.200 y 5.450 millones de euros, así como una ayuda de liquidez de 7.170 millones de euros.

La CE examinó las adquisiciones por parte del Estado neerlandés en 2008 de determinadas unidades comerciales de ABN Amro Holding, entre otras, así como las operaciones de recapitalización llevadas a cabo en beneficio del banco.

Tras no llegar a acuerdo con la entidad y Holanda, la Comisión prohibió a la entidad realizar adquisiciones durante tres años, ampliando el plazo hasta cinco si el Estado neerlandés seguía siendo propietario de más del 50 % de ABN Amro al cabo de esos tres años.

El Ejecutivo comunitario consideraba que tal medida era necesaria para poder considerar que la ayuda concedida a ABN Amro era compatible con el mercado interior.

El tribunal europeo desestimó el recurso de ABN Amro en su totalidad y concluyó que, en relación a este caso, "la prohibición de realizar adquisiciones en forma de adquisición de capital del 5 % o más en las empresas de cualquier sector es conforme" con las reglas comunitarias.

Las adquisiciones deben estar dirigidas a garantizar la viabilidad de la entidad beneficiaria de la ayuda, dice el Tribunal en la sentencia de hoy.

El tribunal estimó que el objetivo es asegurar que el banco beneficiario reembolse la ayuda pública antes de realizar nuevas adquisiciones.

Además, señaló que "toda adquisición financiada por medio de una ayuda de Estado, que no sea estrictamente necesaria para garantizar el restablecimiento de la viabilidad de la sociedad beneficiaria, es contraria al principio de que la ayuda debe estar limitada al mínimo necesario".

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