Tribunal UE declara ilegales ayudas de Italia para comprar descodificadores

  • El Tribunal de Justicia de la UE ha declarado hoy que las subvenciones del Estado italiano para la compra de descodificadores digitales terrestres en 2004 y 2005 son incompatibles con la ley comunitaria, y ha ordenado a las emisoras que se beneficiaron de las ayudas de forma indirecta a devolverlas.

Bruselas, 28 jul.- El Tribunal de Justicia de la UE ha declarado hoy que las subvenciones del Estado italiano para la compra de descodificadores digitales terrestres en 2004 y 2005 son incompatibles con la ley comunitaria, y ha ordenado a las emisoras que se beneficiaron de las ayudas de forma indirecta a devolverlas.

La máxima instancia judicial europea se ha pronunciado así sobre el litigio entre las cadenas de televisión Centro Europa 7 Srl y Sky Italia Srl y la Comisión Europea (CE), de un lado, y la compañía italiana de telecomunicaciones Mediaset, del otro.

La corte de Luxemburgo ha considerado que las subvenciones constituían una ventaja económica a favor de las emisoras terrestres, y que por tanto consolidaban la posición en el mercado de compañías como Mediaset, según explicó el Tribunal en un comunicado.

Italia inició en 2001 la transición de las señales televisivas hacia la tecnología digital, con la previsión de cesar definitivamente todas las transmisiones analógicas antes de diciembre de 2006.

La fecha prevista para el cese de la transmisión analógica fue aplazada en dos ocasiones, hasta el 30 de noviembre de 2012.

En una ley de 2004, el Gobierno estableció la concesión una subvención pública de 150 euros a todo usuario del servicio de radiodifusión que comprara o alquilara un aparato para la recepción en abierto de las señales televisivas digitales terrestres (TDVB/CDVB).

El importe máximo de la subvención se fijó en 110 millones de euros, y en 2005 se volvió a aprobar esta medida, con el mismo límite de dotación de 110 millones de euros, si bien la subvención para cada descodificador digital se reducía a 70 euros.

Las cadenas Centro Europa 7 Srl y Sky Italia Srl presentaron ante la Comisión denuncias contra esas subvenciones, y el Ejecutivo comunitario les dio la razón al considerar que las ayudas favorecían a emisoras digitales terrestres de pago así como a operadores por cable que proveían servicios de televisión digital de pago.

Bruselas estimó que la medida implicaba distorsiones de la competencia y no era "tecnológicamente neutra", ya que no se aplicaba a los descodificadores digitales de emisiones por vía satélite, y ordenó la recuperación de las ayudas.

Mediaset interpuso entonces un recurso ante el Tribunal General para anular la decisión, algo que no consiguió, y posteriormente llevó al caso al Tribunal de Justicia de la UE.

La corte de Luxemburgo considera que las subvenciones incitaron a los consumidores a comprar descodificadores digitales terrestres, a la vez que limitaban los costes de las emisoras de televisión digital terrestre, que por ello pudieron consolidar su posición en el mercado en relación con los nuevos competidores.

De este modo, una ayuda cuyos beneficiarios directos son los consumidores "puede sin embargo constituir una ayuda indirecta a los operadores económicos, como las emisoras en cuestión", según el Tribunal.

El Tribunal de Justicia ha concluido que el "elemento de selectividad" basado en las características tecnológicas que favorecen a la tecnología digital terrestre por encima de la vía satélite dio lugar a una distorsión de la competencia, por lo que la medida en cuestión "es incompatible con el mercado común".

Por tanto, la corte de Luxemburgo establece que las emisoras que se beneficiaron indirectamente de las ayudas de Estado deberán devolver las cantidades correspondientes a la ventaja así obtenida, por un importe concreto que corresponde determinar a los tribunales italianos.

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