Bruselas, 30 may.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) precisó hoy que cuando un juez nacional detecta una cláusula abusiva en un contrato de alquiler de vivienda no basta con rebajar la cuantía sino que tiene la obligación de anularla, según la normativa europea.
La directiva comunitaria que regula estas cuestiones "no permite al juez nacional, cuando haya determinado el carácter abusivo de una cláusula penal en un contrato (...) limitarse a moderar el importe", sino que "le obliga a excluir pura y simplemente la aplicación de dicha cláusula al consumidor", indica la corte en su sentencia.
Los jueces de Luxemburgo señalan además que corresponde al juez nacional comprobar si las cláusulas abusivas se enmarcan dentro de un contrato arrendador-arrendatario o si reflejan disposiciones legales o reglamentarias imperativas previstas por el Derecho nacional.
Aclaran asimismo que cuando un juez nacional recibe una demanda de un profesional contra un consumidor sobre la ejecución de un contrato debe también comprobar si este acuerdo incluye cláusulas abusivas.
Por último, recuerdan que antes de anular una cláusula abusiva, el juez deberá haber ofrecido a las partes involucradas la posibilidad de mantener un debate.
La máxima instancia judicial europea respondió así a una cuestión prejudicial que le planteó un tribunal holandés para resolver un litigio entre una empresa de alquiler de viviendas y un arrendatario que denunció supuestas cláusulas abusivas.
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