Un juez de Valencia eleva al TJE el abuso de la cláusula de una hipoteca

  • El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja ha elevado al Tribunal de Justicia Europeo (TJE) el posible carácter abusivo de una cláusula del contrato de una hipoteca suscrito por una mujer inmersa en un procedimiento de embargo por impago de su vivienda.

Valencia, 20 nov.- El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja ha elevado al Tribunal de Justicia Europeo (TJE) el posible carácter abusivo de una cláusula del contrato de una hipoteca suscrito por una mujer inmersa en un procedimiento de embargo por impago de su vivienda.

Así lo ha acordado el juez en un auto en el que plantea una cuestión prejudicial que paraliza el procedimiento de ejecución hipotecaria hasta que el tribunal europeo consultado se pronuncie, según recoge el documento facilitado hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja celebró en julio una vista en la que el abogado de la mujer planteó que una de las cláusulas del contrato hipotecario, la conocida como cláusula suelo -que obliga a seguir pagando un determinado interés aunque el tipo baje-, era abusiva.

En la vista, el letrado del banco alegó que esa causa no está contemplada dentro de las causas de oposición que recoge el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por otra parte, según han recordado fuentes del TSJCV, en el procedimiento hipotecario, la ley no permite al juez valorar, ni de oficio ni a instancia de parte, el carácter abusivo de una cláusula, sino que obliga a que siga la ejecución.

De este modo, el ejecutado podría seguir pleiteando pero tendría que hacerlo por otra vía, mediante un procedimiento declarativo que, en principio, no evitaría el embargo.

Con todo ello, el juez de Catarroja dictó hace un mes una providencia para que las partes alegaran lo que consideraran oportuno acerca de la imposibilidad del juez de pronunciarse sobre el carácter abusivo de una cláusula en un contrato bancario y la posible colisión entre la Ley de Enjuiciamiento Civil y la directiva europea.

En el escrito trasladado al instructor, el fiscal opinaba que el juez está legitimado por el TJE a apreciar de oficio el carácter abusivo de la cláusula, según informaron a EFE fuentes de la Fiscalía de Valencia.

Según apuntaron éstas, dando "un paso más allá", el fiscal no sólo consideraba que no procedía el planteamiento de una cuestión prejudicial sino que instaba al juez a aplicar directamente la normativa europea, más favorable en este caso al perjudicado que la española, apreciando la posibilidad de alegar en este momento del proceso una cláusula abusiva.

Tras dar voz a las partes, el juez ha resuelto finalmente presentar la cuestión prejudicial al Tribunal de la UE, lo que supone que el procedimiento de lanzamiento de la vivienda del perjudicado -desahucio- no avanzará hasta que no haya respuesta, según el TSJCV.

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